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jueves, 13 de noviembre de 2025

Sofismas episcopales a favor de la Constitución atea

 Artículo de 1978

 APELO A ROMA

 Antes, desde las antenas de Radio Nacional de España y en las páginas del Diario “Informaciones” y, ahora, nuevamente en las páginas de “El País”, el provicario general y vicario episcopal para la pastoral de Madrid-Alcalá, padre José María Martín Patino, está defendiendo, a propósito y de cara al referéndum constitucional, una posición laicista, atea, que contrasta con la doctrina tradicional de la Iglesia ratificado por el Concilio Vaticano II. Contra esa doctrina de este ministro de la Iglesia, carente de autoridad magisterial, desde las páginas de “El Alcázar” hemos apelado a la autoridad del Magisterio de la Iglesia en España, a los obispos, a fin de que ellos declararan terminantemente, sin ambigüedades, sin subterfugios, quiénes de los católicos discrepantes llevamos razón: si los que piensan y obrarán como el padre Patino, o quienes consideramos que, por razones de conciencia, es menester votar “no” en el referéndum constitucional que, a la hora de leerse estas líneas, ya se conocerá su resultado.

 En vista de que la mayor parte del Episcopado español -con alguna excepción notable-, el Magisterio de la Iglesia española no es concluyente ni suficientemente explícito, hemos de apelar a Roma, al Papa, único poseedor en la Iglesia del carisma de “confirmar a sus hermanos la fe”, de discernir con autoridad cuál es la doctrina ortodoxa y cuál es su aplicación correcta.

 El padre Martín Patino, esta vez en “El País”, afirma entre otras proposiciones: “Contra la Constitución, las razones que pretenden sacar de la doctrina de la Iglesia son más bien pueriles. Una cosa es que el hombre y la sociedad como tales tengan obligación moral de buscar al Dios verdadero y rendirle culto, y otra muy distinta es que ese deber tenga que ser sancionado con una ley civil coactiva como es la Constitución…Entre el agnóstico que respeta la fe de los demás y el supuestamente creyente que se empeña en imponer a los otros sus creencias hay notables diferencias de calidad humana. Algo que es laico o secular por su propia naturaleza, como un ordenamiento jurídico, no es ateo o anticonfesional por el hecho de no mencionar a Dios. Será cristiano si expresa, respeta y garantiza los derechos y libertades del hombre. La doctrina oficial de la Iglesia está claramente expresada en la Gaudium et Spes, número 75: allí se dice que el establecimiento de los fundamentos jurídicos de la comunidad política “compete a todos” los ciudadanos. El método inductivo parece más adecuado e incluso más cristiano…La moral de gestión de un gobernante católico en una sociedad pluralista y democrática será cristiana si respeta las libertades y los derechos humanos en el juego de las mayorías”.

 Como se advierte, el padre Patino establece como criterio supremo de moralidad cristiana en la vida pública el sufragio universal, el principio mayoritario. Uno sería cristiano, según él, si obra como liberalista. Los fundamentos jurídicos de la sociedad y la moral que debe observar un gobernante, según el padre Patino, serían no lo que mandan el Evangelio y el Decálogo, no lo que manda la moral católica, sino lo que manda la mayoría de los ciudadanos a través del sufragio universal directa o indirectamente, de tal manera que cuando la mayoría del electorado y de las Cortes decidan que el divorcio y el aborto son lícitos y, por el contrario, ilícitas la libertad de enseñanza religiosa y la libertad de expresión y de asociación de las Fuerzas Armadas y de los funcionarios, el gobernante y el ciudadano católico deben acatar la Constitución y “obedecer a los hombres antes que a Dios”, al contrario de lo establecido por San Pedro y los Apóstoles, según narra el Nuevo Testamento.

 ***

Estamos, como se ve, en pleno mundo liberalista. El liberalismo ha desplazado al catolicismo en la mente del vicario episcopal para la pastoral de Madrid; el liberalismo que, según León XIII en la “Libertas”, es racionalismo más naturalismo, menosprecio de lo sobrenatural y de lo revelado. El padre Patino desdeña estas palabras reveladas: “Ya comáis, ya bebáis o ya hagáis alguna cosa, hacedlo todo en honor de Dios (I Cor. 10,31); “instaurar todas las cosas en Cristo” (Ef. 1,10); “venga a nosotros tu reino, hágase tu voluntad, así en la tierra como en el cielo”(Mt 6,10); porque “no hay autoridad sino bajo Dios” (Rom. 13,2) y, lógicamente, hay que ejercerla como Dios manda, porque las autoridades son “ministros de Dios” y “es menester obedecer a Dios antes que a los hombres” (Act. 5, 29). 

El padre Patino inculca la idea de desligar toda la política de Dios, en lugar de religarlo todo, incluso la política, a Dios, función propia de la religión, como lo vuelve a enseñar el Concilio Vaticano II, ya que todo acto político es un acto libre y, en cuanto a tal, moral o inmoral y, por tanto, materia en que la religión católica es competente.

 El padre Patino, del “ya comáis, ya bebáis o ya hagáis alguna cosa, hacedlo todo en honor de Dios, quiere exceptuar la Constitución española, que no habría que hacer en honor de Dios, no se sabe por qué razón ni por qué mandamiento de Dios. Es claro que si el creyente no puede imponer al no creyente sus creencias, mucho menos tiene derecho el no creyente, el agnóstico, a imponer al católico la creencia de que la Constitución ha de ser agnóstica, que no debe hacerse en honor de Dios. Y como el creyente debe obrar conforme a su conciencia, no conforme a la creencia del no creyente, el creyente está obligado a dar su voto en favor de una Constitución confesionalmente católica, en honor de Dios, aun cuando la Constitución católica incomode al acatólico.

 Tampoco se sabe por qué del mandato de “instaurar todas las cosas en Cristo” haya de exceptuarse la Constitución española, si esta Constitución es una de “las cosas”.

 Ni se sabe por qué hemos de omitir el reconocimiento de la autoridad de Dios en la Constitución si ése es uno de los principios de la fe católica, conforme al cual debe actuar el católico y a la luz del cual ha de votar contra la Constitución, como se desprende de la declaración de la Comisión Permanente del Episcopado Español de 28-9-78.

 Por lo demás, considérese la doctrina laicista, secularista y liberalista del padre Patino y compáresela con estas palabras del Papa León XIII en su encíclica “Libertas”: “Veda, pues, la justicia y védalo también la razón que el Estado sea ateo o -lo que viene a parar en el ateísmo-que se halle de igual modo con respecto a las varias que llaman religiones y conceda a todas promiscuamente iguales derechos. Siendo, pues, necesario al Estado profesar una religión, ha de profesar la única verdadera”. He ahí la doctrina tradicional católica que ratifica el Concilio Vaticano II al declarar: “La libertad religiosa que exigen los hombres para el cumplimiento de su obligación de rendir culto a a Dios se refiere a la inmunidad de coacción en la sociedad civil, deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo” (Dignitatis Humanae,1).

 Es igualmente contraria a la doctrina del Vaticano II, la defendida por el padre Martín Patino, abusando de su ministerio, si consideramos estas palabras de la “Gaudium et Spes”: “Creado el hombre a imagen de Dios, recibió el mandato de gobernar el mundo en justicia y santidad… y de orientar a Dios la propia persona y el universo entero, reconociendo a Dios como Creador de todo…Si autonomía de lo temporal quiere decir que la realidad creada es independiente de Dios y que los hombres pueden usarla sin referencia al Creador, no hay creyente alguno que se le escape la falsedad envuelta en tales palabras. La criatura sin el Creador, se esfuma”.

 Y es abiertamente contraria a la doctrina del padre de Patino -según la cual “el método inductivo (el sufragio universal) es el más cristiano”- esta doctrina propuesta por la Iglesia en el Vaticano II: “Es, pues, evidente que la comunidad política y la autoridad pública se fundan en la naturaleza humana, y, por lo mismo, pertenecen al orden previsto por Dios, aun cuando la determinación de régimen político y la designación de los gobernantes se dejan a la libre voluntad de los ciudadanos. Síguese también que el ejercicio de la autoridad política, así en la comunidad en cuanto tal como en las instituciones representativas, debe realizarse dentro de los límites del orden moral” (Gaudium et Spes,74).

Por consiguiente, no ya el gobernante católico sino el acatólico -contra lo que opina el padre Patino-, deben ejercer su poder con respecto del orden moral con moralidad, aun cuando el sufragio universal -o lo que el padre Patino llama “el juego de las mayorías”- proponga otra cosa; entre el orden querido por el juego de las mayorías y el orden moral, el político ha de optar por el orden moral y estar contra el juego de las mayorías, si nos queremos atener a lo que nos enseña el Magisterio oficial de la Iglesia a través del Concilio Vaticano II. (…)

 Eulogio RAMÍREZ


Revista FUERZA NUEVA, nº 622, 9-Dic-1978

 

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