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martes, 25 de noviembre de 2025

Celibato sacerdotal (1)

 

 Celibato sacerdotal: toda una tradición 

 El problema del celibato sacerdotal es hoy una cuestión viva y seguirá siéndolo todavía por mucho tiempo. Se ha dicho ya que esta cuestión se ha convertido morbosamente en el best-seller de la publicidad, no tanto por las circunstancias humanas y hasta dramáticas en que nuestro tiempo ambienta artificialmente todo lo que puede referirse al sexo; cuanto, sobre todo, porque afecta a un grupo sociológico hoy ascendido a la cumbre de la notoriedad y, contradictoriamente, descendido a los más bajos niveles del menosprecio. Si el tema del sacerdocio es hoy noticia, el tema del celibato se ha vuelto “codicia” de morbosas y curiosas informaciones. En una serie de breves y claras colaboraciones nos proponemos presentar el problema desde sus varias vertientes históricas y teológicas. Sólo al final podríamos darnos cuenta en la naturaleza de este grave asunto eclesial, sin dejarnos llevar de sensacionalismos vocingleros.

 El celibato sacerdotal es un estado al que, por motivos superiores, se obligan libremente quienes desean recibir las órdenes sagradas. Implica, en primer lugar, la continencia perfecta; y solo después, como una consecuencia, la exclusión del matrimonio. No es, por tanto, lo primero, el poderse o no casar, o el estar o no ya casado. El elemento principal que siempre ha distinguido al celibato sacerdotal ha sido aquella consagración por la que el sacerdote se entrega a Cristo por amor suyo, aceptando la continencia perfecta como estado de vida.

 Cuando Cristo ordena sacerdotes a sus apóstoles, muchos de éstos eran casados:¿quién nos asegura que ya desde entonces no guardaron continencia perfecta o por lo menos no empezaron a sentir las exigencias de una consagración que les conducía a esa elevada cima? Porque, aun al modo suyo, insinuativo y libre, las palabras y sobre todo el ejemplo de Cristo, marcaban una orientación bien clara: habría unos eunucos por amor del reino de los cielos; y San Pablo, por su parte, acentuaba el clima de tensión consecratoria, cuando manifestaba el deseo de que todos fueran como él; y proponiendo la doctrina de la virginidad cristiana a los Corintios para poderse entregar plenamente al Señor.

 Claro está que, ni las palabras de Cristo, ni las de San Pablo relacionan expresamente continencia y sacerdocio; pero, ¿a quién mejor que al ministro sagrado se podían aplicar? Y si el ejemplo de Cristo atraía, ¿a quién mejor que a sus ministros, y por las mismas razones? Queremos decir: es cierto que el celibato no va unido necesariamente al sacerdocio, pero existe una exigencia teológica y espiritual en el sacerdocio que lleva irremisiblemente a una consagración tal, que sólo puede cumplirse de hecho en el estado célibe. Las epístolas paulinas (1 Tim. 3,2; 3,12; Tit. 1,6) nos descubren ya una tendencia hacia la continencia de los sacerdotes que, poco a poco, y como exigencia radical, va a conducir hasta la actual disciplina de la Iglesia.

 Las necesidades de la Iglesia primitiva llevaron, pues, a la ordenación de sujetos casados; pero muy pronto se les exigió la continencia. Las pruebas históricas de una praxis obligatoria las tenemos ya desde el siglo III; y precisamente al principio del siglo IV, en el Concilio español de Elvira (a. 305), un canon sanciona la continencia perfecta de los clérigos; y su transgresión lleva fuertes penitencias y la exclusión del Estado clerical. Los Papas, desde San Siricio (384-399), mantienen la ley, fomentando ya la praxis de la ordenación de jóvenes que se comprometen a la continencia.

 Así se llega a esa época oscura y triste “pre-gregoriana”, en que a la situación del celibato sigue la decadencia general de toda la Iglesia. Ese fue un periodo en el que se pudo pensar -como pasa hoy- que la situación de hecho era irreversible. Pero los grandes reformadores de la época gregoriana no lo juzgaron así. Con el resurgir de la Iglesia surgió, también, el celibato clerical con nuevo vigor, preparando aquel florecimiento de la Iglesia de los siglos XII y XIII. Entretanto, los Concilios de reforma, como el de Basilea, siguen manteniendo la ley del celibato. Con ello se llega a la época de la revolución protestante.

 Como reacción contra el protestantismo -que negaba el Sacramento del Orden y suprimía por lo tanto el celibato de sus “ministros”- y, sobre todo, como un fuerte motivo de verdadera reforma “in capite et in membris”, el Concilio Tridentino sanciona dos puntos: la reafirmación de la disciplina tradicional del celibato, y la fundación de los Seminarios para la educación de los candidatos al sacerdocio, que se han de consagrar a perpetua continencia. Con esta medida, la ordenación de sujetos casados desaparece totalmente, para dar lugar a jóvenes generaciones de sacerdotes que van a ser la gloria de la Iglesia. De este modo, es verdad, parece destacar el celibato más en relación con el matrimonio; pero nunca debe olvidarse que el elemento principal, en la historia de esta disciplina, no ha sido la exclusión del estado matrimonial sino la dedicación al sacerdocio como consagración de vida.

 Desde el Concilio de Trento hasta nuestros días, la ley del celibato ha sido, en diversas ocasiones, puesta a discusión; pero nunca en el interior de la Iglesia. Han sido siempre diferentes movimientos heréticos y cismáticos, sobre todo de carácter nacionalista, quienes han intentado en vano a hacerla desaparecer (…). La Santa Sede declaraba solemnemente que: “nunca llegaría a suceder que la Santa Sede Apostólica no solo aboliera, pero ni siquiera mitigase en nada esta ley santísima y muy saludable del celibato eclesiástico.

 ¿Cómo y por qué se ha podido llegar a esta situación actual de asombro, de peligro, de escándalo, de amenaza, para muchos casi fatídica, de esta tradición venerable de la Iglesia?

 Mariano de ZARCO


 Revista FUERZA NUEVA, nº172, 25-Abr-1970


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