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Celibato
sacerdotal: toda una tradición
El problema del celibato sacerdotal es hoy
una cuestión viva y seguirá siéndolo todavía por mucho tiempo. Se ha dicho ya
que esta cuestión se ha convertido morbosamente en el best-seller de la
publicidad, no tanto por las circunstancias humanas y hasta dramáticas en que
nuestro tiempo ambienta artificialmente todo lo que puede referirse al sexo;
cuanto, sobre todo, porque afecta a un grupo sociológico hoy ascendido a la
cumbre de la notoriedad y, contradictoriamente, descendido a los más bajos
niveles del menosprecio. Si el tema del sacerdocio es hoy noticia, el tema
del celibato se ha vuelto “codicia” de morbosas y curiosas informaciones. En una
serie de breves y claras colaboraciones nos proponemos presentar el problema
desde sus varias vertientes históricas y teológicas. Sólo al final podríamos
darnos cuenta en la naturaleza de este grave asunto eclesial, sin dejarnos
llevar de sensacionalismos vocingleros.
El celibato sacerdotal es un estado al que,
por motivos superiores, se obligan libremente quienes desean recibir las
órdenes sagradas. Implica, en primer lugar, la continencia perfecta; y solo
después, como una consecuencia, la exclusión del matrimonio. No es, por tanto,
lo primero, el poderse o no casar, o el estar o no ya casado. El elemento
principal que siempre ha distinguido al celibato sacerdotal ha sido aquella
consagración por la que el sacerdote se entrega a Cristo por amor suyo,
aceptando la continencia perfecta como estado de vida.
Cuando Cristo ordena sacerdotes a sus
apóstoles, muchos de éstos eran casados:¿quién nos asegura que ya desde
entonces no guardaron continencia perfecta o por lo menos no empezaron a
sentir las exigencias de una consagración que les conducía a esa elevada cima?
Porque, aun al modo suyo, insinuativo y libre, las palabras y sobre todo el
ejemplo de Cristo, marcaban una orientación bien clara: habría unos eunucos
por amor del reino de los cielos; y San Pablo, por su parte, acentuaba el
clima de tensión consecratoria, cuando manifestaba el deseo de que todos
fueran como él; y proponiendo la doctrina de la virginidad cristiana a los
Corintios para poderse entregar plenamente al Señor.
Claro está que, ni las palabras de Cristo,
ni las de San Pablo relacionan expresamente continencia y sacerdocio; pero, ¿a
quién mejor que al ministro sagrado se podían aplicar? Y si el ejemplo de
Cristo atraía, ¿a quién mejor que a sus ministros, y por las mismas razones? Queremos
decir: es cierto que el celibato no va unido necesariamente al sacerdocio,
pero existe una exigencia teológica y espiritual en el sacerdocio que lleva
irremisiblemente a una consagración tal, que sólo puede cumplirse de hecho en
el estado célibe. Las epístolas paulinas (1 Tim. 3,2; 3,12; Tit. 1,6) nos
descubren ya una tendencia hacia la continencia de los sacerdotes que, poco a
poco, y como exigencia radical, va a conducir hasta la actual disciplina de
la Iglesia.
Las necesidades de la Iglesia primitiva
llevaron, pues, a la ordenación de sujetos casados; pero muy pronto se les
exigió la continencia. Las pruebas históricas de una praxis obligatoria las
tenemos ya desde el siglo III; y precisamente al principio del siglo IV, en
el Concilio español de Elvira (a. 305), un canon sanciona la continencia
perfecta de los clérigos; y su transgresión lleva fuertes penitencias y la
exclusión del Estado clerical. Los Papas, desde San Siricio (384-399),
mantienen la ley, fomentando ya la praxis de la ordenación de jóvenes que se
comprometen a la continencia.
Así se llega a esa época oscura y triste “pre-gregoriana”,
en que a la situación del celibato sigue la decadencia general de toda la
Iglesia. Ese fue un periodo en el que se pudo pensar -como pasa hoy- que la
situación de hecho era irreversible. Pero los grandes reformadores de la
época gregoriana no lo juzgaron así. Con el resurgir de la Iglesia surgió,
también, el celibato clerical con nuevo vigor, preparando aquel florecimiento
de la Iglesia de los siglos XII y XIII. Entretanto, los Concilios de reforma,
como el de Basilea, siguen manteniendo la ley del celibato. Con ello se llega
a la época de la revolución protestante.
Como reacción contra el protestantismo -que
negaba el Sacramento del Orden y suprimía por lo tanto el celibato de sus “ministros”-
y, sobre todo, como un fuerte motivo de verdadera reforma “in capite et in
membris”, el Concilio Tridentino sanciona dos puntos: la reafirmación de la
disciplina tradicional del celibato, y la fundación de los Seminarios para la
educación de los candidatos al sacerdocio, que se han de consagrar a perpetua
continencia. Con esta medida, la ordenación de sujetos casados desaparece
totalmente, para dar lugar a jóvenes generaciones de sacerdotes que van a ser
la gloria de la Iglesia. De este modo, es verdad, parece destacar el celibato
más en relación con el matrimonio; pero nunca debe olvidarse que el elemento
principal, en la historia de esta disciplina, no ha sido la exclusión del
estado matrimonial sino la dedicación al sacerdocio como consagración de vida.
Desde el Concilio de Trento hasta nuestros
días, la ley del celibato ha sido, en diversas ocasiones, puesta a discusión;
pero nunca en el interior de la Iglesia. Han sido siempre diferentes
movimientos heréticos y cismáticos, sobre todo de carácter nacionalista,
quienes han intentado en vano a hacerla desaparecer (…). La Santa Sede
declaraba solemnemente que: “nunca llegaría a suceder que la Santa Sede
Apostólica no solo aboliera, pero ni siquiera mitigase en nada esta ley santísima
y muy saludable del celibato eclesiástico.
¿Cómo y por qué se ha podido llegar a esta
situación actual de asombro, de peligro, de escándalo, de amenaza, para
muchos casi fatídica, de esta tradición venerable de la Iglesia?
Mariano de ZARCO
Revista FUERZA NUEVA, nº172, 25-Abr-1970
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