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viernes, 26 de septiembre de 2025

La Tradición teológica, jurídica y popular (Vázquez de Mella)

 

  DON JUAN VAZQUEZ DE MELLA TRAIDO A 1967

 LA TRADICION TEOLOGICA, JURIDICA Y POPULAR

 La legitimidad completa abarca la de la institución y su representación electiva o dinástica, según sea el régimen y la de origen y ejercicio del poder mismo, sea cualquiera la forma.

 En realidad, constituye un todo indivisible y se dan por poco tiempo las medias legitimidades. La de origen sin la de ejercicio pierde el título y la de ejercicio no tarda en adquirirlo.

 Cuando el poder es ilegítimo, porque directa o indirectamente atenta contra los tres derechos y contra las tres constituciones que expresan, se convierte de medio en obstáculo, y de gobernante en tirano, y entonces la sociedad tiene el derecho de resistencia contra su opresión.

 El derecho de resistencia no es más que el derecho de defensa. Lo tienen en orden inferior las personas individuales, como consecuencia del derecho a la vida, que a su vez lo es del deber de conservación.

 Toda persona moral lo posee de igual manera, según su jerarquía, pues no tendría ningún derecho si no lo tuviese previamente a la existencia.

 La sociedad tiene el derecho imprescriptible de que el poder-medio no se convierta en poder-fin y en poder-obstáculo, negación de su ser y de su objeto. El derecho a mantener sus elementos constitutivos con las relaciones religiosas y jurídicas que implican, y las tradiciones y los ideales que forman su unidad histórica, lleva consigo la facultad de resistir y suprimir el poder ilegítimo que las altera y que es un rebelde que se subleva contra ellas.

 Esta es, en sustancia, la doctrina de los grandes teólogos, filósofos y políticos españoles de los grandes siglos, que estaba manifiesta en nuestras Constituciones históricas y en el doble juramento de las monarquías paccionadas y en el alma del pueblo, que la cantó y la personificó con sus héroes.

 La teoría de la resistencia y del tiranicidio, expuesta ya por Santo Tomás de Aquino en pasajes que han dejado honda huella en todo el Derecho cristiano posterior (y que uno de sus más ilustres discípulos modernos lo justificó contra falsificaciones de la ignorancia y la mala fe); mantenida por Vitoria, que tan admirablemente discurre sobre la justicia de las leyes dadas por el Soberano usurpador; por Suárez, que apela a la autoridad religiosa contra la ilegitimidad de ejercicio; por Luis de Molina, que no duda, aunque tenga la legitimidad de origen, en el derecho de de deponerlo y castigarlo; por Mariana, que exagera, no el principio, sino el procedimiento contra el tirano, y por pensadores como Fox Morcillo, Márquez y Saavedra Fajardo, es la más perfecta contraposición al cesarismo de Jacobo I de Inglaterra y del posterior de Luis XIV, que viene por los tiranos medievales bizantinos, germanos y franceses, opresores de la Iglesia, de la Iex regia, fórmula de la tradición pagana que, fuera del pueblo hebreo, se encuentra en todas las sociedades que caen más allá del Calvario.

 Una cosa sorprende en nuestros teólogos y políticos; que ninguno duda de la resistencia contra el tirano de origen, y que algunos vacilan, atenúan y hasta no falta quien niegue la resistencia contra el de ejercicio.

 La contradicción que llevaría a poner la religión debajo de una ley civil es sólo aparente. Nace del concepto aristotélico  del tirano, que recogió en gran parte la Escolástica, y al que llamó tirano quod administrationem, que es el que subordina el bien común al suyo, personal y utilitario, y para conseguirlo oprime y para conseguirlo oprime y maltrata y saquea a sus súbditos. Es una especie de cacique en grande, tal como se describe en «El Gobernador cristiano», de Márquez, en «Marco Bruto», de Quevedo, y en la «Introducción a la política del Rey Don Fernando», de Saavedra.

De ahí las reglas no de justicia, sino de elemental prudencia, sobre la posibilidad de éxito en la resistencia, la exacerbación de la ira en el déspota y el mal menor aplicado a los resultados de la destitución.

 JUAN VAZQUEZ DE MELLA

 (Continuará este artículo)

Revista ¿QUÉ PASA? núm. 205, 2-Dic-1967