Buscar este blog

Mostrando entradas con la etiqueta Constitución. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Constitución. Mostrar todas las entradas

miércoles, 25 de febrero de 2026

Blas Piñar contra la Constitución (2)

 

 BLAS PIÑAR EN BARCELONA

(…) Hoy, amigos de Cataluña, el proceso que analizamos toca a su fin. Unas Cortes elegidas para hacer una simple reforma han elaborado sin poderes una Constitución, quebrantando así el principio de seguridad jurídica que el proyecto constitucional establece en su artículo 9.

 Todo el proceso reformista encubre, como ha escrito el profesor Eustaquio Galán, una usurpación de poder, un golpe de Estado y, en última instancia, añado yo, un golpe de muerte al Estado mismo.

 La falacia del proceso se pone de relieve si se observa cómo, adelantándose a la elaboración del proyecto y, por tanto, a la consulta popular, temas estrictamente constitucionales, como las autonomías, las banderas de las comunidades autónomas y la mayoría de edad (véanse los artículos 143 y siguientes: 4 punto 2 y 12) han sido reconocidos por Real Decreto Ley. Y yo pregunto: ¿Para qué la inquietud y el despilfarro de la propaganda del “Sí”? ¿Acaso -siempre, claro es, con la vestidura de la democracia- no hubiera sido más sencillo, más rápido y más barato, promulgar en referéndum la Constitución aprobada por los partidos del consenso?

 Hay muchas razones para decir que “no” al proyecto constitucional. La abstención, a mi juicio, no es lícita. No sirve para nada. Como no sirvió para nada útil en las Cortes que se pronunciaron sobre la reforma política, liquidando el franquismo. La abstención es fruto de la pereza, del desprecio o de la soberbia, y en cualquier caso, supone una renuncia a luchar con la única arma que tenemos -el voto- por endeble que el arma sea. Y no olvidemos que Dios ayuda a los que se disponen a la pelea y, por eso mismo, ya imploran humildemente su ayuda.

 ¿Cuáles son las razones que nos obligan a decir “no” al proyecto constitucional?

Unas son de carácter religioso y moral.

Otras nacen del patriotismo.

Todas, del supremo valor de la justicia.

 I. Afirmaciones de principio que se oponen al concepto cristiano de la vida pública

 Artículo 1, punto 2: “La soberanía reside en el pueblo”

 Artículo 117, punto 1: “La justicia emana del pueblo”

 Pues bien, ni la soberanía reside, ni la justicia emana, del pueblo. La soberanía, la justicia, la autoridad y el poder residen y emanan, como de su fuente natural y material, de Dios.

 “Me ha sido dado todo el poder en el cielo y de la tierra”.

 “Toda autoridad viene de Dios”

 “Tienes autoridad para entregarme a la muerte o para libertarme, porque te ha sido dada de arriba”.

 Hay, pues, un orden trascendente que la Constitución desconoce. La mayoría no puede ni desconocer ni abrogar ese orden superior, que define por encima de ella lo que es verdadero y falso; justo e injusto; bueno y malo. La ley no obliga porque lo acuerde la mayoría o porque lo promulgue el Príncipe. La ley obliga moralmente en la medida en que sea una norma de razón y tenga sus raíces en el derecho natural, que es, en suma, ordenamiento divino.

 Una ley, acordada por unanimidad, que legalice el aborto, la comuna sexual o la esterilización, o que arrebate a los hijos del hogar paterno, no será más que una imposición arbitraria degradante e inhumana, por más que un código asegure que la soberanía reside y la justicia emana del pueblo.

 Ahora bien, sentado este principio y negado el orden superior trascendente y hasta racional, es lógico que el proyecto, en su artículo 16, establezca que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Es decir, que el Estado no tiene confesión religiosa. No niega a Dios, pero le desconoce. Para el Estado todas las religiones son iguales y hasta las ideologías antirreligiosas.

 Es verdad que conforme a dicho precepto: “Los poderes públicos mantendrán… relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

 Ahora bien, como no hay un reconocimiento explícito de la soberanía espiritual de la Iglesia católica y de su independencia del Estado, es lógico presumir, dentro de la mecánica interpretativa de la Constitución, que el Estado laico, para establecer relaciones de cooperación con la Iglesia Católica, puede exigir que la misma, que humanamente hablando es una Asociación, se constituya legalmente como tal y se inscriba el Registro correspondiente, como preceptúa el artículo 22, con lo que el Estado no tendrá confesión, pero la Iglesia tendrá que someterse al Estado.

 Ahora bien, todo esto se halla en contradicción con el Magisterio de la Iglesia, con la doctrina del Concilio Vaticano II, y con el Derecho público cristiano.

 En efecto, conforme a la Constitución pastoral “Gaudium et spes”, la autonomía temporal (no) quiere decir que la realidad creada sea independiente de Dios y que los hombres pueden usarla sin referencia al Creador” (36.1) y que “la comunidad política y la autoridad pública se fundan en la naturaleza humana, y, por tanto, pertenecen al orden previsto por Dios (74). “Por eso, la Constitución Dogmática sobre la Iglesia (36) rechaza la infausta doctrina que intenta edificar la sociedad prescindiendo en absoluto de la Religión”.

 De otro lado, la Declaración “Dignitatis humanae”, que proclama el derecho civil a la libertad religiosa, demandando la inmunidad de coacción, deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo”, admitiendo que “en atención a peculiares circunstancias de los pueblos se otorgue a una comunidad religiosa determinada un especial reconocimiento (6).

 ¿Y acaso la sociedad, la comunidad política española y el Estado que la representa, cumplirá, si el texto que se nos propone lograse aprobación, con ese deber moral, cuando carece de confesión, coloca a la única Iglesia de Cristo al mismo nivel que a las otras confesiones y edifica su propia construcción al margen del orden querido por Dios?

 Pero no olviden los que han aprobado o aprueben el texto puesto constitucional que “Si el señor no edifica la casa, en vano trabajan los que la construyen” (Salmo 126).

 Precisamente por la marginación de lo divino, no sólo nominalmente, sino real y esencialmente, el proyecto constitucional conculca los principios cristianos y naturales sobre la familia, y naturalmente, la vida y la educación.

  II. Familia

 Artículo 39: “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia”

 Pero la familia nace del matrimonio y se perfecciona con los hijos.

 Pues bien, el artículo 32 dispone que “la ley regulará las causas de disolución del matrimonio”, o sea, lo que se ha llamado poligamia a plazos.

 Y al igualar el trato de la maternidad dentro y fuera del matrimonio, olvida que frente al tratamiento igualitario de los hijos matrimoniales o extramatrimoniales, que parece justo, los calificativos de legitimidad o ilegitimidad, con todas sus consecuencias legales, debieran recaer en los progenitores, porque el hombre y la mujer no tienen derecho al hijo, si el hijo no se concibe y nace en el santuario del matrimonio y del hogar.

 Los precedentes, despenalización del amancebamiento y del adulterio, no parece que protejan jurídica o socialmente a la familia.

 Vida

Artículo 15: “Todos tienen derecho a la vida”

 Ahora bien, si se prohíbe la pena de muerte, se deja en libertad al asesino para que me prive del derecho que se me acaba de reconocer.

 Y si no se establece que la vida comienza en el momento de la concepción, puede distinguirse entre el aborto, que sería un atentado contra la vida, a partir de los tres meses de la concepción, y la interrupción del embarazo antes de que transcurra dicho periodo de tiempo, totalmente lícito, porque hasta los tres meses no habría comenzado la vida personal del concebido.

 El precedente de la legalización de los anticonceptivos no augura la protección a la vida que tan enfáticamente se proclama.

 III. Enseñanza

 Artículo 27: “Se reconoce la libertad de enseñanza”

 Pero el artículo 20 reconoce la “libertad de cátedra”, que se opone, por su misma naturaleza, al “derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con su propias convicciones”.

 Se trata de una colisión de libertades, que en justicia solo podría resolverse a favor del derecho de los padres y nunca del profesor.

 Pero hay más: la libertad de enseñanza queda contradicha por el propio texto del artículo 27, que habla de:

1) Una programación general de la enseñanza;

2) una homologación del sistema educativo;

3) una ayuda en exclusiva a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.

 IV. Organización política

 El artículo 1 habla de un Estado social. Pero el artículo 6 dice que “sólo los partidos políticos… concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política”.

 El mundo del trabajo, por consiguiente, ni concurre ni participa, pues lo que importa no es tanto la clase social como la clase política.

 Este mundo del trabajo, según la Constitución, canaliza su actividad a través de sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales (artículo 7), reconociéndose a aquéllos (artículo 28) el derecho a la huelga, sin reciprocidad para los últimos.

 El llamado Estado social renuncia, pues, a la justicia en las relaciones laborales (artículo 37) (conflicto colectivo y negociación), inhibiéndose ante los intereses de los consumidores y de la economía nacional.

 El Estado democrático de derecho del que habla el artículo 1 de la Constitución es una mera proclama que contradice su contenido. Veámoslo:

 a) Poder Judicial

El artículo 122 dice que el Consejo del Poder Judicial se compondrá de 20 miembros, de los cuales 8 serán elegidos por las Cámaras y, por tanto, por los partidos políticos. De esta forma, el poder judicial pierde la independencia que debe tener en un Estado democrático de derecho.

 b) Empresa

El artículo 38 consagra la libertad de empresa, pero de acuerdo con las exigencias de su planificación, es decir, el plan primero y la empresa después. Por su parte, los artículos 128 y 129 preconizan la intervención de las empresas y las formas de participación en la misma. Por eso ha dicho el sr. Funes Robert que así, el marxismo, sin revolución ni trampa electoral, con la caída de la inversión privada, puede implantarse con observancia estricta de la legalidad.

 c) Información

Ha de ser veraz (artículo 20, 1.d). Pero los medios de comunicación del Estado quedan bajo control parlamentario, y con acceso sólo a los grupos sociales y políticos significativos (artículo 20.3) ¿Y qué se entiende por significativos?

 d) Servicio militar

Todos los españoles son iguales ante la ley, pero se admite un principio de desigualdad muy grave al acoger la objeción de conciencia al servicio militar.

 V. Unidad de España

 ¿Para qué insistir más en la contradicción y el absurdo de una nación de nacionalidades, tal como figura España el artículo 2ºde la Constitución?

 Con independencia de la cuadratura del círculo que establece dicho precepto, el examen de los artículos reguladores de las autonomías pone de relieve que al encomendar a los entes autonómicos funciones legislativas, judiciales y ejecutivas del más alto rango, la soberanía queda cercenada.

 La creación de gobiernos locales no augura nada bueno y la creciente presión tributaria para los nuevos organismos producirá un descontento creciente y un impacto doloroso en nuestra ya quebrantada economía.

 En última instancia, la división que el proyecto constitucional impone coincide con el método de la dialéctica marxista, ya que es más fácil la conquista a trozos que la conquista de frente y de la totalidad.

 No olvidemos que antifranquistas conocidos y de relieve, que no han abdicado de su condición de españoles, han atacado el artículo 2º de la Constitución. Sánchez Albornoz lo califica de “pecado contra natura” y Salvador de Madariaga ha escrito: “no hay más que una nación: ¡España!”.

 VI. Problema moral

 La Conferencia Episcopal Española, ratificando el criterio de la Comisión Permanente, ha pedido al cristiano que “la fe ilumine su voto”, ya que una Constitución sólo se justifica moralmente si se salvan moralmente los principios cristianos”.

 Pues bien,“Gaudium et spes” (43) quiere que “la ley divina quede grabada en la sociedad terrena”.

 Mons. Marcelo González (primado de España), y los obispos que se han sumado su Carta pastoral, no contradicen a los demás obispos, sino que completan valerosamente lo que han dicho sus hermanos en la plenitud del sacerdocio, y aclaran que esta Constitución no salva los principios cristianos en temas fundamentales, y que por ello el “No”, aun cuando se nos tache de intransigentes, es lícito.

 Don Marcelo y los obispos que son sumado a su Carta pastoral no han hecho otra cosa que seguir al pie de la letra las palabras de Juan Pablo II: “El miedo quita a veces el coraje civil a los hombres que viven en un clima de amenaza, de opresión o de persecución. Hay que tener valor y fortaleza para atravesar la barrera del miedo y dar testimonio de la verdad y de la justicia”.


Revista FUERZA NUEVAnº 627, 13-Ene-1979

 

jueves, 12 de febrero de 2026

Blas Piñar contra la Constitución (1)

 Artículo de 1979

 Blas Piñar en Palma de Mallorca

 (Discurso pronunciado por Blas Piñar el 24 de noviembre de 1978 en la Sala Magna del Palacio de Congresos del Pueblo Español de Palma de Mallorca)

 (…) Hoy, a la altura de 1978, volvemos a reunirnos en Mallorca. En este día, que fue de San Juan de la Cruz, España atraviesa su noche oscura. Un frío estremecimiento de pavor y de ira santa nos sacude al contemplar la tiniebla que nos envuelve y la confusión íntima que a muchos embarga. La noche oscura de los místicos arranca de la noche oscura del Calvario, porque sólo cuando Dios muere en la Cruz, entre las ráfagas fugaces de los relámpagos, se divisa el velo que se rasga, la tierra que se abre y la nube densa que parece cerrarnos la puerta del Paraíso. (…)

 Hoy es de noche porque el mundo, y España ahora, vuelve a despreciar y a crucificar a Cristo. La llevamos a las afueras de Jerusalén, a extramuros de la comunidad política, al margen de la Constitución. El poder, la soberanía, la autoridad, la justicia no vienen de Ti. ¿Qué te habías creído? El supremo legislador somos nosotros, los hombres, el pueblo, la mayoría. Nada importan el derecho natural, los diez mandamientos, la Revelación. No te reconocemos como Creador, ni como Redentor, ni como Santificador. Te hemos destronado para ocupar tu puesto ¡Fuera de la ciudad, a extramuros, al Calvario, a la Cruz, a morir para siempre que no nos haces falta!

 ¿Que fundaste una Iglesia para continuar tu misión?, ¿que a Ella confiaste la plenitud de la verdad que salva, los medios de santificación, la autoridad…? Nada tengo que ver con eso.

 Tal es la Constitución que se nos ofrece.

 Art. 1º. 2

La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”.

 Art. 117

“La justicia emana del pueblo”.

 Art. 16º. 3

Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas”.

 De este modo la ley puede convertirse en instrumento de degradación, porque lo verdadero, lo bueno y lo justo se reconoce, no se crea.

 Es inútil construir sobre la arena o construir según el método de la Torre de Babel, pues “el que no recoge conmigo desparrama y “si el Señor no construye la casa en vano trabajan los que la edifican”.

 Decía Cicerón que “si los derechos se fundaran en la voluntad de los pueblos o en las decisiones de los príncipes o en las sentencias de los jueces, sería jurídico el robo, la falsificación, la suplantación de los testamentos, con tal que tenga a su favor los votos de la mayoría” y Rousseau afirmaba: “Lo grave no es que voten todos, sino que todo se someta a votación”.

 Por ello, la actitud de la Conferencia Episcopal es incomprensible, como lo fue la actitud del presidente de las Cortes (retirando el Crucifijo de su despacho). (…)

 No olvidéis las palabras del Maestro: “Al que no me confiese ante los hombres no le confesaré yo en el reino de los cielos”.

 El art. 2º del proyecto habla de la “indisoluble unidad de la nación española” (pero) reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades”.

 Pues bien, como hemos probado en diversas ocasiones, si España es una nación no consta de nacionalidades, y si existen nacionalidades, España no es una nación.

 Por otra parte, el Estado de nacionalidades autónomas conlleva, como es lógico, más impuestos y más burocracia, amén de las “policías”(art. 148.22) al servicio de los distintos gobiernos.

 El art. 39 reza así: “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia”.

 Pero la familia nace del matrimonio y se perfecciona con los hijos. Pues bien, el art. 32 dice que “la ley regulará las formas de matrimonio y las causas de disolución”; y el propio art. 39 establece la igualdad ante la ley de los hijos legítimos y de los ilegítimos, de la madre casada y de la soltera.

 El art. 15, por su parte, asegura que “todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos degradantes. Queda abolida la pena de muerte”.

 Pero la abolición de la pena de muerte para el asesino deja sin protección la vida del inocente no nacido, y al no fijarse el momento en que comienza la vida puede ser legal el aborto.

 Dice el art.27 que se reconoce la libertad de enseñanza, pero que habrá -lo que parece contradictorio-:

1º una programación general de la misma:

2º una homologación estatal del sistema educativo

3º y sólo se ayudará a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.

 La libertad de cátedra proclamada en el art. 20, en la práctica, primará sobre el derecho de los padres a la formación de los hijos.

 Conforme al art.1º, se constituye un estado social: pero sólo los partidos políticos concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política, y no los Sindicatos. La “clase política” es lo que importa, por tanto, y no la “clase social”.

 El Estado, por añadidura, renuncia a ejercer la justicia en el campo social (huelga -art.28.2-).

 El art. 9 proclama el “principio de legalidad y jerarquía normativa” pero temas constitucionales como el de la mayoría de edad, el de los preautonomías y el de las demarcaciones judiciales, regulados antes de que la Constitución se apruebe, por simple decreto ley, vulneran como una profecía, ese principio tan enfáticamente proclamado.

 El Consejo del Poder Judicial, que el proyecto crea, es, por su composición y designación, un auténtico atentado a la independencia de la Magistratura y al sistema de diversidad de poderes, alumbrado por Montesquieu, en que se apoya la democracia liberal. (…)

 El art. 33 reconoce la propiedad privada, pero, al mismo tiempo, y sin garantía de ninguna clase, su delimitación de acuerdo con las leyes.

 El art. 38 admite la empresa privada, pero también su planificación.

 La libertad de información (art. 20) se garantiza, pero los medios de comunicación de los poderes públicos se ponen bajo control parlamentario, estableciendo que sólo los grupos sociales y políticos significativos podrán acceder a ellos. ¿Y qué se entiende por significativos?, ¿quién otorga esa veleidosa a calificación?

 ****

Todo en la Constitución -menos su agnosticismo y su ataque a la unidad de la nación y su propósito de deshacer la familia- es ambiguo o contradictorio.

 Ante la Constitución no cabe, a nuestro modo de ver, ni el “Sí” ni la abstención. Sólo cabe una postura gallarda: pronunciarse en términos negativos.

 Aquí hemos venido para beber en la tradición milenaria que representan vuestros molinos: a ilusionarnos con la poesía de los almendros en flor, a descubrir en la hondura de la roca la sorpresa de los lagos ocultos, a recoger con las aspas de los molinos la última brisa de la tarde.

Que Fray Junípero y San Alonso Rodríguez y Santa Catalina Thomas nos ayuden. Seamos los españoles de hoy fieles como la palmera balear.

Revista FUERZA NUEVAnº 626, 6-Ene-1979 

 

martes, 9 de diciembre de 2025

Nulidades sobre la que se asentaba el Proceso Constituyente

 Artículo de 1978

 Nulidades sobre la que se asienta el Proceso Constituyente (*)

 (…) Por efecto de la conocida propaganda apabullante hecha en favor de los mitos liberales y democráticos del más rancio y anacrónico constitucionalismo (desastrosamente fracasado en nuestra patria tras siete ensayos del sistema, impuesto desde 1808 hasta este de 1978, para sojuzgarnos, por las potencias imperialistas dominantes), se le han hecho creer a nuestro pueblo varias mentiras; se le han ocultado muchas verdades, y se le ha despojado de grandes bienes con trucos como los que se emplean para engañar a los niños.

 Se hizo crear al pueblo por el referéndum de 1976 que sólo se trataba de perfeccionar el sistema institucional del Estado español. El presidente Arias dejó preparado el terreno hablando siempre de la gigantesca obra de Franco. Todo el aparato reformista del presidente Suárez se montó, como no podía ser de otra manera, tomando y pregonando como fundamento la legitimidad única existente: la de la Monarquía católica instaurada sobre las bases firmes y conocidas del Principio VII de la Promulgación de 1958.

 La Ley para la Reforma política (1977) se planteó, según declaraciones oficiales y promesas solemnes, como una Ley Fundamental sometida a los citados Principios, y como tal la aprobaron las Cortes Españolas ante las que el procurador ponente señor Fernando Suárez recalcó que con ella se reafirmaban los Principios más esenciales. Y el ministro de Justicia, Landelino Lavilla, empeñó su palabra diciendo que no se pretendía con esa ley ninguna derogación del Ordenamiento existente, sino una nueva pieza inserta en el conjunto de las siete Leyes Fundamentales anteriores. Por eso pudo considerarse innecesario el trámite preceptivo -cuya omisión invalida radicalmente dicha ley, según se adujo oportunamente por varios contrafueros- de someter en el proyecto elaborado por las Cortes al Consejo Nacional, para el dictamen sobre si vulneraba no los Principios del Movimiento.

 Después, se ha mentalizado a la gente hasta el extremo de hacer creer gratuitamente que la hueca democracia formalista sea un sistema perfecto al que todos los regímenes deben reconducirse, manteniendo al pueblo en la ignorancia de ser radicalmente incompatibles sus principios con los del sistema implantado por la revolución española (**), que, con su democracia orgánica, son mucho más modernos y perfectos; pero, sobre todo, esencialmente cristianos por basarse en la existencia de realidades históricas, espirituales, religiosas, naturales, sociales e institucionales que todo orden político tiene que reconocer, so pena de insertarse en la trayectoria contrahistórica de los materialismos humanistas antropocéntricos del tipo racionalista sin Dios, adoptados por los sistemas democráticos en pleno fracaso o declive, que culminan necesariamente en los regímenes comunistas por la fuerza lógica de una dialéctica consecuente, sin hipocresías burguesas ni pudibundeces democristianas.

 Por culpa de cultivar esa ignorancia entre el pueblo, ocultando la realidad verdadera de las cosas, han ido pasando inadvertidas las ilegalidades e imposibilidades absolutas derivadas de ese empeño absurdo consistente en suponer realizable dentro de la legalidad (como se decía con perversas intenciones) algo así como una “evolución perfectiva” desde un sistema como el español, de coherencia doctrinal con los principios del Derecho público cristiano, hacia el sistema radicalmente contrario de la titulada “democracia”. 

Se ha usado y abusado del tópico embustero de la soberanía del pueblo -que no es tal, sino la masa de electores, el noventa por ciento engañadizos, convocados a votar un día- reducida por supuesto al “sufragio universal” de meros individuos, para hacer creer a favor de masivas propagandas, que, con votaciones a favor de cualquier cosa esta cosa cualquiera queda convertida en la verdad y en la única fuente de toda autoridad. Lo cual es absolutamente falso.

 De aquí la acumulación ingente de nulidades absolutas sobre la que se asienta todo el proceso llamado constituyente y la titulada Constitución, imposible de sanar por votaciones ni aún por referéndum; ni por regias sanciones, ni por el transcurso del tiempo y el posible uso del poder, que no es más que tiranía cuando se ejerce sin autoridad.

 A ese cúmulo de causas de nulidad radical e insubsanable se refiere, en telegráfico resumen, la manifestación de los alféreces provisionales: carácter ilegal y por tanto faccioso de los partidos políticos autores de la proyectada Constitución ya aprobada por ellos (sólo son válidas las asociaciones ajustadas a la ley que regula las de carácter político); consiguiente invalidez de lo actuado por ellos en las Cortes; carencia de poderes constituyentes ejercidos sin título por a ello por el Congreso y el Senado (dualidad de cámaras incompatible con ese pretendido carácter constituyente); convocados como Cortes ordinarias y para el plazo normal de cuatro años y subsiguiente nulidad de todos los actos y disposiciones del proceso de “ilegitimidad Constituyente” emprendido a partir de la Ley para la Reforma Política -e incluso el anterior-, ahora rematado con tanta irresponsabilidad como torpeza y gravísima frivolidad.

 Sin el riesgo, siquiera, de una acción revolucionaria, sino tras el parapeto seguro y prestigioso de la Monarquía instaurada por el Movimiento Nacional; a la que, con el mito del “pueblo soberano”, la realidad conspiratoria de los partidos, con raíces y apoyos extranjeros e internacionales, ha transformado, bajo el nombre de “La Corona”, en una Monarquía parlamentaria, que es como decir prisionera de los mismos partidos detentadores del poder.

 Como decíamos, se ha despojado al pueblo de grandes bienes. sin que se dé cuenta de ello. Se le ha desmontado el Estado de Justicia, engañándole con la ficción legalista del “Estado de Derecho”, amparador de todas las usuras e injusticias, como se está viendo. Se han atropellado los derechos fundamentales e inviolables de las personas. Se pretende constituir la sociedad española, y ese Estado fantasmal, sobre una legalidad atea con todas sus malas consecuencias negativas de las instituciones básicas del matrimonio, la familia y la propiedad privada con protección e iniciativa. 

Y, en fin, se echan las bases para la desintegración de la unidad de España. Porque en la Constitución aparece claro el evento de posibles apelaciones de los pueblos o “nacionalidades” inventadas por ella ante los organismos internacionales para lograr su “autodeterminación” en ejercicio de los llamados “derechos humanos”, sin más que acogerse a la famosa Declaración Universal, redactada para uso de las grandes potencias, antes descolonizadoras y ahora “desnacionalizadoras” que manejan la ONU y sus conocidas comisiones, tribunales, secretarias o dependencias de alta presión.

 Tan colosal despojo se ha perpetrado con el sencillo truco que se emplea para quitarles a los niños lo que tienen en la mano; enseñándoles otra cosa cualquiera para que suelten aquello que se les quiere arrebatar. Primero se despojó al pueblo, con absoluta arbitrariedad y desafuero de sus poderosas organizaciones, no estatales, de sindicatos y movimiento organizados nacional, con la engañifa de “la democracia en el Estado español”, que ya sabemos lo que ha sido y para lo que ha servido. Ahora, el señuelo se titula “Constitución”: tiene veintitrés veces más artículos y disposiciones que aquella mini ley explosiva, de 4 de enero de 1977. Porque lo que importa es distraer al público, como a los niños. Y mientras se entretienen leyendo tanto, hacerle soltar, sin que se dé cuenta de lo que hace, nada más y nada menos que la totalidad del Ordenamiento Institucional legítimo de España, que estableció sobre las bases de Justicia que constituyen los principios permanentes de la Promulgación de 1958, un sistema de Leyes Fundamentales no cambiables ni aplicables a capricho, sino con sujeción a normas supremas inmutables. Lo cual es la única garantía verdadera y eficaz frente a los excesos o arbitrariedades de los órganos del poder sin límites que se arrogan los partidos políticos en la Constitución 78 para legislar juzgar y ejecutar todo según leyes hechas por ellos solamente y sin Ley de Dios. (…)

 Jaime MONTERO


Revista FUERZA NUEVAnº 623, 16-Dic-1978

 

(*) Título original: La manifestación de los alféreces provisionales”

(**) El llamado “franquismo”


martes, 11 de noviembre de 2025

Aberraciones de la Constitución de 1978

 Dos artículos por el NO en el referéndum a la Constitución de 1978

-1) Lo que es la Constitución

 LO QUE ES LA CONSTITUCIÓN

 Al margen de que la Constitución haya sido fruto de unas Cortes que no son constituyentes, lo cual le quita toda legitimidad, a pesar de consensos y componendas, enredos y cambalaches: independientemente de que, conocida la catadura moral y política de sus fautores en la redacción del texto, sepamos de antemano lo que pueda ser esa Constitución, para mí hay que leer solamente el Artículo Primero, con sus tres apartados, para rechazar de plano la tal Constitución que va a ser sometida a referéndum el día 6 de diciembre. Hablo simplemente como católico y español (que es ser dos veces católico, en versos de Pemán, un tanto ya lejanos).

 Textualmente dice el susodicho Artículo Primero: 1) España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2) La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3) La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

 Creo que es suficiente. Sobran los 168 artículos restantes e incluso las disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias, con las que se conculcan tradiciones, costumbres, derechos, fueros y todo lo habido y por haber en la historia de España.

 Paso semántica y jurídicamente, filosófica y lógicamente, esa aseveración de “constituir a España en un “Estado social y democrático de Derecho” que sustituye a la “unidad de destino en lo universal” y paso por no someter a análisis lo deletéreo de “la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político” metidos juntos en una redoma que puede dar dinamita. Lo que no puedo pasar, de ninguna manera, es que, además de ignorar a Dios, lo que es ATEÍSMO puro, se prescinda de todo espíritu religioso, lo cual es proclamación de LAICISMO y, para colmo, se dé la “soberanía nacional” al pueblo, quitándosela a Dios, de quien, según la doctrina de la Iglesia Católica, emana todo poder. Por lo que la Constitución, además de atea y laicista, es, para colmo, anticristiana o ANTICATÓLICA ¡Y antieclesial, por supuesto!

 Contrasta ese apartado 2 del Artículo Primero con el Segundo Principio de la Ley de Principios del Movimiento, hasta ahora vigente, en la que se dice: “La Nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la Ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación”. Esta solemne y firme proclamación religiosa es borrada de un plumazo en las nuevas leyes fundamentales de la Democracia, redactadas conforme a unos principios del más descarado liberalismo, condenado por los Papas y por la Historia.

 Si llegamos al tercer apartado, nuestra negativa al texto constitucional se refuerza, pues en modo alguno va con España ni con su pasado e idiosincrasia, esa Monarquía parlamentaria que es un atentado a la Tradición y al Derecho Político de España. Someter una Monarquía, y por lo tanto al Rey, a las veleidades, dictados y contubernios de una Cámara o dos, es esclavizar a la autoridad que viene sólo de Dios, y hacerle depender de los que “están siempre dispuestos a hacer deslizar el gobierno entre sus manos” (Kant, en “Metafísica de las costumbres”). Este sistema conculca la monarquía genuina de España, que es católica, social y representativa, tradicionalista, con unas Cortes (no Parlamento), donde orgánicamente esté representado el pueblo, no la masa ni los partidos políticos, que son “cadáveres ambulantes que llevan sus propios gusanos”, según expresión de Vázquez de Mella.

 Atea, laicista, anticristiana, antiespañola, como hemos visto, es en su solo primer artículo la Constitución liberal que ahora se somete a refrendo público. Pero es, además, ANTINACIONAL, porque reconoce “nacionalidades separatistas” que dividen a la Patria; es ANTICULTURAL (destruye el idioma español y fomenta el babelismo), es antieclesial (equipara la Iglesia Católica a las sectas), divorcista (o sea anticristiana y antifamiliar), antisocial (resucita la lucha de clases y elimina las representaciones profesionales en Cortes), es INMORAL (propugna el libertinaje y todo el cúmulo de lacras, aberraciones y desmanes que conlleva), y es muchas cosas más, imposibles de enumerar en tan breve espacio.

 Hay, pues, razones sobradas para decir NO a esta Constitución.

 Pedro RODRIGO


 Revista FUERZA NUEVAnº 621, 2-Dic-1978


..

-2) Una Constitución antiespañola

UNA CONSTITUCIÓN ANTIESPAÑOLA

 “El texto constitucional, engendrado por hombres que fueron incapaces de defender a España y a su bandera, es antiespañol porque lesiona seriamente el ser de la Patria, al dañar los fundamentos que les dan sentido: la fe en Cristo, la unidad nacional, la justicia y la familia”, manifestó José Antonio Cepeda, director del diario “Región”, de Oviedo, en su conferencia pronunciada el pasado 23 de noviembre en el salón de actos de Fuerza Nueva, totalmente abarrotado, bajo el tema: “Una Constitución antiespañola”, dentro del X Ciclo de Conferencias.

 (…) Pasó a disertar el conferenciante, exponiendo sus puntos de vista sobre el tema tan importante y esencial para la Patria que estos días se debate; para él, España se encuentra ante una situación verdaderamente grave, ya que se juega su propia esencia. Quien tiene importancia es la Patria, que un gobierno débil y entreguista regala de la manera más gratuita al marxismo, que dejó huella en toda la geografía y que asesinó al almirante Carrero Blanco, a guardias civiles, policías armados, inspectores de policía, taxistas, presidentes de Diputaciones, alcaldes, militares, trabajadores y hombres honrados. De este entreguismo gubernamental y del sucio consenso tenía que brotar un texto constitucional antiespañol.

 Recordó el señor Cepeda unas palabras de Ismael Medina advirtiendo que el pueblo español asume las palabras evangélicas: “Aquel que no está conmigo está contra mí”. Pero ante el texto constitucional cabe preguntarse: ¿Qué puede esperarse de unas Cortes donde su presidente niega a Cristo al quitar el crucifijo de su despacho? Esta Constitución -afirmó el conferenciante- ha sido hecha a la medida del marxismo y de una burguesía abierta. Nadie que sea católico debe respaldarla: por eso hay que decir NO, porque no estamos dispuestos a traicionar los valores supremos del ser de España”.

 Pasó más tarde a analizar las razones para votar NO, empezando por el artículo 1 donde se afirma que la soberanía nacional reside en el pueblo. Esto es falso -dijo-, ya que la soberanía no emana del pueblo sino de Dios. En el artículo 2 se habla de la unidad de España y luego se garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades; así España se convertirá en un conjunto de reinos de taifas. Hay que recordar las palabras de José Antonio afirmando que “la Patria es una unidad total en la que se integran todos los individuos y todas las clases”, palabras que hoy cobran una exacta vigencia.

 Se llega así el artículo 15, donde se dice que todos tienen derecho a la vida. “Que les pregunten a los huérfanos -afirmó-, a las mujeres, a las novias, a los padres, a los hermanos de los guardias civiles y policías armados asesinados por el mismo marxismo que recomienda votar SÍ en el referéndum. ¡Qué cinismo!

 Continuó el señor Cepeda con el artículo 16, que habla de la libertad religiosa, admitida por el régimen del 18 de Julio, pero es indiscutible que el Estado español es confesionalmente católico, salvo que pierda la fe en Cristo, que es lo que pretenden los autores del texto constitucional: descatolizarnos. “La religión católica -declaró- es la clave de todo empeño español. España, si aprueba esta negativa Constitución, se convertirá en sucursal de la Internacional atea. ¡Quién iba a decirle al Caudillo que, en cuanto él pasase a las manos del Señor iba a penetrar en España el aliento del ateísmo,del materialismo marxista, de los que destruyen todo espiritualidad de las almas! ¡Quién iba a decir que hombres que vestían camisa azul y juraban sobre los Evangelios serían los primeros en borrar la confesionalidad católica del Estado español!”

 Explica los artículos 27 y 32, que hablan del derecho a la educación y al matrimonio: pero ¿quién es el Estado para anular o disolver un matrimonio?-manifiesta José Antonio Cepeda-. Este artículo atenta contra el derecho divino y el derecho natural y pone en peligro a la familia. Jesús proclamó con claridad: “Lo que Dios unió no lo separe el hombre”. Todo matrimonio es, por Derecho natural, indisoluble.

 Para finalizar, el señor Cepeda se preguntó si la Constitución va a solucionar los problemas del terrorismo, de la carencia de autoridad, de la crisis económica. “La Constitución, como ha sido redactada, no solucionará nada. Esto conviene repetírselo a los que picaron el anzuelo de las elecciones generales de junio de 1977. Y repetírselo al pueblo, que ve mermada la capacidad adquisitiva de sus jornales”. 

Aconsejó que se debe abrir los ojos a los millares de españoles que parecen estar ciegos, que no ven lo que está sucediendo en una Patria sin esperanza. “Vosotros veréis -acabó- si es lícito, moral y patriótico votar afirmativamente en el referéndum; veréis si merece la pena luchar, aunque la muerte nos aceche, contra la cochambre en que se hunde España”.


 Revista FUERZA NUEVA, nº 621, 2-Dic-1978

 


lunes, 3 de noviembre de 2025

Blas Piñar contra el separatismo y la Constitución

 

 BLAS PIÑAR, EN VALENCIA

 «PARA OFRENDAR NUEVAS GLORIAS A ESPAÑA»

 (Discurso pronunciado por Blas Piñar en la plaza de toros de Valencia el 1 de octubre de 1978.)

 (…) El presidente Suárez y su cuadrilla política están asombrando al mundo, como decía el presidente; pero no asombrándole por lo que logran, sino asombrándole por lo que destruyen, con ritmo de vértigo. Esta política de destrucción constante, de aniquilamiento sin descanso, de pródiga liquidación de un patrimonio moral y material construido sobre el dolor de una guerra y sobre cuarenta años de sacrificio, no perdona hada. 

No perdona a España, cuya unidad histórica se trocea, pero tampoco perdona a sus regiones. Por eso no perdona a Valencia, cuya personalidad bien definida, como antiguo reino, se pretende subsumir y difuminar en esa denominación absurda de «Paisos Catalans», fórmula con la que el imperialismo separatista de algunos burgueses y ricachones de Barcelona, en contubernio con ciertas autoridades eclesiásticas, se quieren transformar al antiguo reino en país, para luego reducirlo a protectorado y después a colonia.

 Es curioso que quienes han sometido a tan dura crítica, tanto lo que se llamó vocación de imperio como la intervención de la Iglesia en el quehacer político, se proclamen ahora partidarios del imperialismo, desconociendo la rica personalidad valenciana, y busquen la capa protectora de la Iglesia para sus propagandas antiespañolas, antivalencianas y separatistas.

 Yo creo que ha habido dos regiones de España que han sabido unir el sentimiento de la regionalidad con el más fervoroso de los patriotismos: Navarra y Valencia. Navarra, la Navarra foral, precisamente por serlo, fue la gran reserva española, y cuando llegó el momento difícil del Alzamiento, la Navarra foral puso en pie de guerra a cuarenta mil voluntarios. Y Valencia, el antiguo Reino de Valencia, el del Cid Campeador y el de don Jaume, el de la «senyera», con su franja azul, y el de «Lo Rat Penat», el del idioma valenciano, y no variante de otro idioma, y el de la lengua «churra», el de las germanías y el «Palleter», el que no admite segregaciones discriminatorias y peyorativas de sus tierras y sus hombres, se levanta en coro y grita: «Para ofrendar nuevas glorias a España, nuestra región supo luchar.»

 Y esto no puede perdonarse. Hay que destruir España, y para ello dividirla. Hay que deshacer, pulverizar, en nombre de un falso regionalismo, máscara del separatismo, a las regiones que se sienten y se saben España.

 Por eso «delenda est Navarra»; y al antiguo Reino de Navarra se pretende, hasta por la fuerza de la dinamita, transformarlo en Euskadi, subordinando y humillando a lo que históricamente fue un reino. Y por eso también el grito, disimulado con disfraces, de acabar con Valencia. Si ya no existe España, convertida en país o en Estado español; tampoco existe Valencia, que ha tenido el atrevimiento de ofrendar nuevas glorias a España. Lo único que quedaría si los que nos odian lograsen sus propósitos, no sería otra cosa que el «País Valenciá», una comarca sin genio y sin vida propia, absorbida en el nomenclátor de los países catalanes y, en definitiva, del imperialismo burgués o neomarxista, de ciertos grupos bien conocidos de Barcelona.

 Si la lengua es el gran argumento pancatalanista, yo quiero esgrimirlo también, pero en sentido inverso; porque demostrado como está que la lengua valenciana era anterior a la Reconquista; demostrado como está que Valencia no importa el catalán, y que la aportación catalana a esa Reconquista fue muy pequeña, comparada con la de Aragón; demostrado como está que las apariciones culturales del valenciano preceden a las del catalán, ¿por qué no aceptáis la hegemonía de Valencia?, ¿por qué no considerar a Cataluña un país valenciano?, ¿por qué no llamar al catalán variedad del valenciano en Cataluña?, ¿por qué no aceptar la «senyera» como símbolo para Cataluña?

 Pero no discurramos en falso. No inventemos una historia para justificar lo que es injustificable. No arranquemos de su marco real lo que debiera considerarse sagrado.

 Nosotros, que nos consideramos españoles universales, no negamos, sino que recogemos en nuestra ancha españolía todo lo español que brota del alma colectiva de la patria. Por eso, la bandera de Cataluña es nuestra; y la «senyera» es nuestra, porque Valencia y Cataluña son España. Y en tanto una y otra representen un trozo vivo de la patria; en tanto se agrupen como una guardia de honor y se inclinen, acompañándola, ante la bandera española, nosotros las defendemos y las besamos. Pero si alguien, falsificando la Historia, cometiera el sacrilegio de enarbolarlas como signo de odio, como hecho diferencial y separador, las convertiría en anti-signo y no nos dejaría otra opción, a los que amamos a España y lo que esos símbolos legítima e históricamente representan, que arrebatarlos de sus manos para que no los ensucien.

 ¡Basta ya de la comedia infame que trueca el sacrificio del «conseller» Casanova, que luchó por España y por un pretendiente a la corona, en una jornada separatista! ¡Basta ya de decirnos que hubo un Estado catalán independiente, cuando un «conseller» de la «Generalitat», eclesiástico por añadidura, corrió a París para entregar a Francia las libertades de Cataluña! ¡Basta ya de mentiras, de embaucamientos, de insultos! Valencia está despertando para defender su valencianía española.

 Por eso, cuando se lleva al cine la portentosa vida de ese gran valenciano, de ese gran español —el gran valenciano y gran español de la unidad, el del Compromiso de Caspe, San Vicente Ferrer— y se trata de rebajarlo y escarnecerlo y vituperarlo, las gentes de Valencia se indignan. Y es que el odio a España y a Valencia no se detiene ante nada. No se respeta la verdad histórica. No se respeta la fama y el honor. No se respeta a los santos. ¡Y ello cuando se proclama la inviolabilidad de no sé cuántos derechos, pensando sin duda que uno de tales derechos consiste en ofender y calumniar en público y en la pantalla!

 • • •

A esto vamos, a perpetuidad, consagrada en la propia legislación, si aprobamos el texto constitucional.

 DIOS: Se niega el origen divino de la autoridad del poder político y se proclama como fuente originaría de la autoridad a la mayoría.

 PATRIA: ¿Cómo es posible en una nación de nacionalidades? Es cierto que se habla de unidad, pero como la mayoría puede decidir otra cosa, esa unidad se encuentra en precario, y es económicamente un desastre al servicio de las ambiciones de políticos fracasados.

 JUSTICIA: Es injusto el proyecto de Constitución para:

la familia, ya que encierra en su contexto el divorcio, la anticoncepción y el aborto;

la enseñanza» pues viola el derecho de los padres a la educación de sus hijos;

la empresa, al admitir la lucha de clases, la huelga, y los sindicatos revanchistas, que traen la ruina económica y el paro;

la propiedad, que socializa, corno pretende el proyecto de ley de aguas;

el Ejército, al proclamar el principio de la objeción de conciencia al servicio de las armas.

 Por si fuera poco, además, ni los congresistas ni los senadores tienen mandato constituyente; el proyecto ha sido consensuado y no discutido, y el referéndum se anuncia sin intervención verificadora del voto para los partidarios del «no», sin igualdad de oportunidades en materia de propaganda y con una campaña, ya iniciada, a través de los medios de comunicación oficiales a favor del «si».

 • • •

Ante el proyecto constitucional caben cuatro posturas: SI - NO - ABSTENCIÓN y LIBERTAD DE CONCIENCIA.

 Nosotros no podemos decir «sí», pero tampoco podemos aconsejar la abstención, pues abstenerse es desinteresarse de un tema fundamental, no tener criterio sobre algo tan decisivo, o apuntarse cómodamente a una victoria moral —el desprecio por el sistema— que no importa nada a quienes sé beneficiarían sin escrúpulos de esa índole, de esa abstención. La abstención es la maniobra última que va a utilizarse para desviar el «no», que tratamos de ganar a pulso, hacia la abstención ineficaz e inoperante. ¡Cuidado, amigos! Tampoco podemos decir que cada uno vote como quiera, porque ello equivaldría a desorientar y confundir, y pondría de relieve que Fuerza Nueva, en el instante de la verdad, se inhibe de responsabilidades y se niega a impartir una doctrina aleccionadora.

 Para lograr el «no» hay que rehacer la moral, «organizarnos hoy para vencer mañana». Por Valencia y por España, por Dios, por la Patria y la Justicia, sin miedo, ¡adelante! ¡VIVA VALENCIA! ¡VIVA CRISTO REY! ¡ARRIBA ESPAÑA!

 (Grandes aplausos de una plaza de toros abarrotada cerraron el discurso.)


Revista FUERZA NUEVA, nº 615, 21-Oct-1978

 

viernes, 17 de octubre de 2025

Tradicionalistas contra la Constitución de 1978

 Artículo de 1978

  Declaración de la Hermandad Nacional de Combatientes Requetés

 VOTAREMOS «NO»

 HACIENDO uso de un derecho legítimo, y recogiendo el sentir general de esta Hermandad, votaremos NO a la Constitución, e invitamos a hacerlo a todos los antiguos combatientes de Tercios de Requetés de la Cruzada, hijos, familiares y simpatizantes, entre otras numerosas razones, por las siguientes:

 1.ª Porque creemos en DIOS y amamos a la PATRIA. Con profunda fe. Con inconmovible firmeza.

 2.ª Porque no nos ofrece las debidas garantías un régimen constitucional parlamentario que, olvidando la ley de Dios, se basa en la denominada soberanía popular y en los partidos políticos, que, en la práctica, dividen más que unen, y en nombre del pueblo, al que dicen representar, imponen sus intereses partidistas.

 3.ª Porque somos contrarios, tanto a un régimen absolutista, como al liberal y marxista, que niegan los gloriosos ideales de la Tradición española y repudian la Monarquía auténticamente cristiana, templada y representativa, convirtiendo al Rey en una figura meramente decorativa e irresponsable.

 4 .ª Porque queremos para España lo mejor: una nación en paz, unida —respetando sus peculiaridades regionales—, con verdadera libertad y en constante progreso, sin demagogias ni sectarismos.

 5.ª Porque mientras se rechazaban, de manera contundente, las enmiendas presentadas por dignos diputados y senadores en  defensa de DIOS, de la PATRIA y de una MONARQUÍA que pudiese actuar como moderador, prosperaban a través de un oscuro consenso, sin luz ni taquígrafos, los principios del laicismo de Estado; del divorcio y del aborto (que atentan no sólo contra la familia, sino que autoriza la muerte de criaturas indefensas en el claustro materno); la supresión de la libertad de enseñanza; el reconocimiento de diversas nacionalidades (poniendo en peligro la unidad de la Patria), y reduciendo el poder de la Monarquía a la mínima expresión. Razones, por sí solas, más que suficientes para votar NO a todo buen católico español. 

6.ª Porque si ya preveíamos ante el anterior referéndum, que aprobó la Ley de Reforma Política (1976), que tal «reforma» se transformaría en clara ruptura con el pasado y apertura hacia el caos, ahora estamos convencidos, con mayor fundamento, que de aprobarse la Constitución en el próximo referéndum, abrirá las puertas a una dictadura atea y marxista, con todas sus consecuencias. De aquí la grave responsabilidad de todo español consciente al emitir su voto.

 7.ª Porque no tenemos apetencias de poder y preferimos continuar siendo leales a tantos mártires que nos han precedido en el camino del deber, en vez de buscar puestos y honores, mientras España se va derrumbando entre sangre y lágrimas.

 8.ª Porque no queremos hacer el papel de borregos que nos llevan al matadero sin protesta, narcotizados por una exhaustiva propaganda que, con el aplauso extranjero, está adormeciendo el sentimiento católico y patriota del noble pueblo español.

 9.ª Porque nos repugna tanto y tanto chaqueteo, y que hasta el nombre de España se sustituya vergonzosamente por el de país.

 10.ª Porque no estamos dispuestos a someternos a las consignas de las fuerzas internacionales del comunismo y la masonería que prefieren una España débil que rompa con sus tradiciones, para poder dominarla mejor.

 11 . Porque no nos asusta la poderosa coalición de las fuerzas del centro-izquierda, que detentan el poder, unidos a los socialistas, comunistas y separatistas en el empeño de aprobar la Constitución, pese a la notoria desigualdad de medios —incluida la ayuda extranjera— y de oportunidades, ya que seguramente monopolizarán, en la práctica, la Televisión, arrastrando, como en la ocasión anterior, a gente de buena fe, que se dejarán engañar por nuevos juramentos y promesas.

 12.ª Porque no nos desalienta la falta de garantías en una elección «limpia».

 13.ª Porque, como no somos oportunistas, por encima del temor a la derrota, lo que nos interesa es salvar el honor. Demostrar que aún hay católicos y patriotas capaces de imitar el ejemplo de los que prefirieron «sucumbir con honra que vivir con vilipendio». Conscientes de que, como en los momentos más difíciles de nuestra historia han sido siempre un puñado de patriotas los que han terminado por arrastrar a lo mejor del pueblo español, superando el peligro de la cobardía colectiva.

 14. Porque amamos la paz y deseamos que desaparezca la trágica situación a la que nos han conducido los actuales padres constitucionales.

 Por estas y mil razones más que harían interminable este escrito, votaremos NO. E invitamos a hacerlo a todos - mujeres y hombres, jóvenes y ancianos— que estén convencidos de los graves errores de la Constitución y no quieran ser cómplices de sus previsibles consecuencias.

 Por la Junta Nacional,  El secretario general   

Manuel Ángel VIEITEZ PÉREZ


 Revista FUERZA NUEVA, nº 618, 11-Nov-1978


miércoles, 8 de octubre de 2025

Los tres senadores militares, contra la Constitución

 

  NINGUNO DE LOS GENERALES

 Los tres senadores militares han rehusado conceder el voto a la Constitución atea y antinacional que se impondrá al sufrido pueblo español por el consenso “moncloaca”-marxista. Con rapidez diligente, el señor Gutiérrez Mellado (ministro de Defensa) ha aclarado que a los Ejércitos sólo los representa el Rey. Pero Gutiérrez Mellado olvida que fue precisamente el Rey el que designó a los senadores militares. Y ¿no lo hizo para que los Ejércitos se hallasen representados en la Cámara? No hay duda de que muchos civiles y militares lo interpretaron así y, si hubo error en tal interpretación, no es el ministro del Gobierno ucedista el indicado a rectificarlo, sino acaso el propio Monarca o persona autorizada por éste. Lo que no ofrece la mínima vacilación y no cabe desvirtuar es el hecho de que la Ley de Reforma Política (1976) contó con el voto negativo de todos los generales procuradores en Cortes y que la Constitución no ha contado con ninguno positivo de los militares miembros de las Cámaras y designados precisamente en su calidad de tales. ¿No es eso representativo? Entonces, ¿qué lo es?

 Y lo que nadie negará es que resulta más que significativa la notoria falta de sintonía de Gutiérrez Mellado con el Consejo Superior del Ejército a propósito de la legalización del PCE (1977) y con los generales miembros de las Cortes a propósito de la Reforma Política y de la Constitución.

 Y lo que ya cae en el colmo del ridículo es que “El País” venga ahora, sin respetar la libertad de voto, a reclamar determinadas adhesiones y acatamientos de dichos senadores militares. Claro que no es extraño cuando dicho vespertino está dirigido por quien menospreciara hace muy poco, pública e impunemente, a los militares españoles -además de a la “Dictadura”, que ha cometido el error de darle de comer, con los estipendios de los cargos oficiales desempeñados por ese director, Juan Luis Cebrián, y su familia más inmediata -el cual quizás se halla capitidisminuido para comprender que el eje diamantino de todo militar digno de tal nombre es aquél que expresaba el comandante de Sant Marc, al proclamar: “A un soldado pueden pedírsele muchas cosas, incluso puede pedírsele que muera; en su profesión. Lo que no puede pedírsele es que traicione, que se retracte, que se contradiga, que mienta, que sea perjuro”.

 Ramón de Tolosa


Revista FUERZA NUEVA, nº 618, 11-Nov-1978

 

jueves, 2 de octubre de 2025

Todo para demoler; pero el rey, intocable

 Artículo de 1978

  EL REY INTOCABLE ¿POR CUÁNTO TIEMPO?

 Me atrevería a preguntar “¿Por cuánto tiempo?”. Y esa pregunta, tan simple en apariencia, se funda en unos razonamientos sencillos, que expongo brevemente.

 No es extraño que periódicos de corte liberal abierto como el “ABC”, o de corte liberal sofisticado como el “Ya”, se muestren partidarios de una Monarquía “reinstaurada” y calcada sobre los viejos moldes del siglo XIX. Resulta, por el contrario, muy sintomático, que la prensa de inspiración comunista, socialista e incluso republicana acate una Institución que por su naturaleza contradice sus postulados políticos. Resulta insólito que las revistas copadas por unas directrices hostiles al sistema monárquico difundan desde sus páginas la sonrisa, el respeto y la complacencia hacia unas orientaciones diametralmente opuestas y antagónicas a sus propias convicciones. Resulta finalmente asombroso e incomprensible que los portavoces del futuro Frente Popular, Santiago Carrillo, Enrique Tierno Galván y Felipe González, acudan a palacio y rindan homenaje y pleitesía al Monarca. Para los republicanos, socialistas y comunistas el Rey es intocable.

 Junto a ese extraño fenómeno de la intocabilidad real, en todos los medios de expresión se vienen desarrollando unas direcciones y situaciones políticas que conducen directamente a la desmembración de la unidad nacional y suponen, por consiguiente, un golpe mortal de necesidad para la misma subsistencia de la Corona.

 ¿Cómo se explican ambos fenómenos? ¿Cómo se entiende que al amparo de la intocabilidad regia se planifique una estrategia política cuyo resultado final será la extinción de la Monarquía?

 La conjunción paradójica de esos dos fenómenos contradictorios entre sí, intocabilidad del Rey y realización escalonada de unos planes prefabricados que producen su defenestración, sólo puede explicarse sobre la base de unas consignas teledirigidas desde el exterior y servidas desde el interior, que teniendo por destino la destrucción de España, arbitran como instrumento idóneo para conseguir mejor dicho objetivo cobijarse a la sombra del Monarca, hacer su figura intocable, alejarle de una problemática política en cuyo nudo gordiano se halla implicada la subsistencia misma de la Monarquía.

 El Rey, víctima de ese gran fraude, sería en sus planes una especie de narcosis, de adormidera o de anestesia contra las posibles reacciones de las fuerzas nacionales. La mejor manera para los marxistas de destrozar a España sin provocar reacción alguna es mantener transitoriamente la Monarquía. Así, con seguridad, con garantía, sin miedo a rebeliones, se puede ir operando poco a poco, hábilmente, astutamente el desarme moral de las instituciones básicas, la transformación de sus mandos, la sustitución de jefes en los puestos clave: en una palabra, la desmedulación de su espíritu patriótico y nacional.

 Bajo la sombra venerable y protectora de un Rey que legal y realmente debería ser intocable, se intenta que duerman narcotizados los reactivos nacionales, aletargados y paralizados, en apariencia, e insensibles ante la ruina de la Patria que se avecina. (…)

 Julián GIL DE SAGREDO


 Revista FUERZA NUEVA, nº 617, 4-Nov-1978