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sábado, 18 de octubre de 2025

Invocar el Vaticano II para fomentar huelgas

Artículo de 1967

  ¿Quién ha conferido a don Joaquín Ruiz-Giménez la facultad de invocar los textos del Concilio Vaticano II para la justificación y el fomento de las huelgas?

 La prensa, pero muy significativamente la revista «Destino» de Néstor Lujan, se hace eco del recurso visto ante el Tribunal Supremo por un asunto de despido, en el que actuó como abogado don Joaquín Ruiz Giménez. Este invocó el artículo segundó de la Ley de Principios del Movimiento Nacional—que tan frecuentemente olvida él en sus propagandas políticas—, por el que se declara que la legislación nacional se inspirará en la doctrina de la Iglesia.

 Según Ruiz Giménez, ha cambiado la doctrina de la Iglesia sobre la legitimidad y necesidad de la huelga cuando no hay otro camino para resolver los problemas obreros. El «Destino» de Néstor Lujan comenta: «Al abogado Ruiz Giménez le parece claro que hay en la sentencia recurrida una infracción de normas de rango constitucional

 A nosotros, también. Ya comprenderá «Destino» que no hay mucha fijeza en lo que parezca claro al señor Ruiz Giménez. Basta recordar que hace pocos años pedía la camisa azul y hacia elogios ardorosos de la Falange. Ahora, ¡para qué hablar! También le debe parecer claro propagar la «Populorum progresio», bien refocilado con sus credenciales patronales-capitalistas de bastantes Consejos de administración.

 Pero vayamos a lo de la huelga. La «Rerum novarum» llama a la huelga «mal frecuente y grave que perjudica no sólo a los patronos y a los mismos obreros, sino también al comercio y a los intereses del Estado». La «Cuadragésimo anno», de Pío XI, hace un elogio de la organización corporativa del Estado fascista de Mussolini, pues dice: «Igual que la unidad del cuerpo social no puede dejarse a la libre concurrencia de fuerzas.» Continúa Pío XI que por el nuevo orden corporativo de Italia «quedan prohibidas las huelgas; si las partes en litigio no se ponen de acuerdo, interviene la Magistratura. Con poco que se medite se podrá fácilmente ver cuántos beneficios reporta esta institución.

 Ciertamente que la Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual hace referencia a las huelgas con estas palabras: «En caso de conflictos económico-sociales hay que esforzarse por encontrar soluciones pacíficas. Aunque se ha de recurrir siempre a un sincero diálogo entre las partes, sin embargo, en la situación presente la huelga puede seguir siendo medio necesario, aunque extremo, para la defensa de los derechos y el logro de las aspiraciones justas de los trabajadores. Búsquense, con todo, cuanto antes caminos para negociar y para reanudar el diálogo conciliatorio.»

 No se necesita estar doctorado en ninguna disciplina especial para entender el sentido de la doctrina de la Iglesia sobre la huelga. El ideal de la Iglesia y del orden social cristiano es la concordia y las soluciones logradas con la negociación y estudio. En un Estado que no tenga regulado dicho estudio y negociación, por desgracia, puede llegar a ser necesaria la huelga. Este es el sentido de la doctrina de la Iglesia. El ideal es lo que dice la «Rerum novarum» y la «Quadragesimo anno». El Concilio habla de las situaciones de hecho de Estados carentes de estos órganos resolutivos. El ideal de la Iglesia y de su Moral es la moralidad de la mujer, pero de hecho los moralistas aceptan que un Estado, con sus debidas cautelas, puede tolerar la prostitución.  (…)

 Las huelgas, máxime en las circunstancias del mundo de hoy, y teniendo en cuenta la legislación española, difícilmente, en buena moral y con la doctrina conciliar en las manos, se podrán justificar. Primero, falta el «sincero diálogo entre las partes», el «esforzarse por encontrar soluciones pacíficas» y «buscar cuanto antes caminos para negociar y para reanudar el diálogo conciliatorio». Esto es lo que dice el Concilio. (…)

 ¿Cómo se permite que un letrado y ex ministro, a lo menos por los resúmenes que ha publicado la prensa, pueda presentar tan tendenciosamente un punto vital de la convivencia social? (…)

 Dice «Destino»: «Al señor Ruiz Giménez, como a nosotros, nos parecen claras unas cosas que, por lo visto, para otros no lo son tanto. O viceversa.» Se equivoca «Destino» una vez más. Las cosas son muy claras. La doctrina sobre las huelgas no es la que dice Ruiz Giménez ni «Destino», según la doctrina de la Iglesia. Los que piden huelgas y las fomentan son los locutores de Radio España Independiente. Y es la consigna de Santiago Carrillo en su libro «Nuevos enfoques a problemas de hoy».

 ¡Fíjense si están claras las cosas! Pero, vaya, confundir los textos del Concilio Vaticano II con los de Santiago Carrillo señala la auténtica pista de un señor Ruiz Giménez, que es el político español que ha recibido los máximos elogios del Secretario del Partido Comunista, de España publicados en el semanario comunista francés «France Nouvelle», de la semana 16-22 de diciembre de 1964.

 Ya ve «Destino» si vemos las cosas claras. Y si «Destino» en sus comentarios también aparece claro a qué clase de personajes patrocina. Brindamos esta interpretación documentada de la doctrina de la Iglesia sobre la huelga a aquellos magistrados que tengan que habérselas con señores letrados que se dediquen a «sermones» jurídicos y pseudoconciliares sobre la huelga.

 A. RECASENS SALVAT


Revista ¿QUÉ PASA? núm. 206, 9-Dic-1967

 


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