Buscar este blog

sábado, 4 de abril de 2026

Por la sotana contra el traje clergyman

 Artículo de 1968

 ¿SOTANA O CLERGYMAN?

 Por P. CATALAN

 Voy a tocar un tema candente. El que se refiere al permiso de no usar hábito talar o sotana, concedido por algunos obispos a los sacerdotes de sus diócesis. Y lo hago sabiendo que me hago antipático a no pocos eclesiásticos y jerarcas. Pero lo hago para procurar evitar el abuso, que está cundiendo, de ese permiso concedido. No hablaré por mi cuenta; hablarán los documentos que comentaré.

 La Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal española del 13 de julio de 1966, tomó los siguientes acuerdos sobre el hábito eclesiástico.

 1. ° La sotana o traje talar es el hábil o normal, como hasta ahora, de los sacerdotes españoles, que, aun en las regiones en que se introduzca el uso permitido del traje eclesiástico no talar, deberán obligatoriamente usar todos dentro y fuera de los templos, en las celebraciones litúrgicas y en el ejercicio del sagrado ministerio y en aquellos casos y circunstancias que determine el respectivo prelado diocesano.»

 Por consiguiente, en toda España la sotana o traje talar es el hábito normal de los sacerdotes. No dice que será sustituido por el no talar, sino que continuará siendo el hábito eclesiástico de los sacerdotes como hasta ahora. Nunca en España había estado en uso otro traje, aunque lo estuviera en otras naciones, con permiso de la Santa Sede, por razones especiales que no existieron ni existen en España, salvo en los días de persecución. Por esto, el Episcopado español, de acuerdo con el canon 136, que dice que «los clérigos deben vestir traje eclesiástico decente, según las legítimas costumbres de los lugares y las prescripciones de los obispos», ha ordenado que en España, por ser costumbre legítima e inmemorial, los sacerdotes vistan traje talar o sotana. Y al decir sacerdotes españoles, incluye a todos los sacerdotes, sean diocesanos, sean religiosos, sin excepción.

 Este acuerdo obliga a todos los sacerdotes, aun aquellos de las diócesis en que se permita el uso del traje no talar.

 ¿Cuándo? Lo dice taxativamente el acuerdo: dentro y fuera del templo, y obligatoriamente. Y nótese que, después de templo, hay coma para advertir que no debe entenderse en sólo las celebraciones litúrgicas.

 Por desgracia y con escándalo de los fieles y en desprestigio de la dignidad sacerdotal, en no pocas diócesis continuamente se viste el clergyman, incluso dentro del templo, en la celebración de la santa misa, en la administración de los sacramento y el desempeño del ministerio sagrado, a ciencia y paciencia de sus obispos. ¿Es que ya es impotente la autoridad eclesiástica para cortar y castigar estos abusos?

 2. ° La segunda norma dice que «cuando lo aconsejen motivos razonables sean autorizados los sacerdotes para que, en la diócesis y fuera de ella y en el curso de la vida civil, puedan usar decorosamente el llamado clergyman».

 Según esta norma, para ser autorizado a usar el clergyman, débense tener motivos razonables, verdaderos, objetivos, y no subjetivos, falsos o puros caprichos de vanidad.

 ¿Pueden alegar dichos motivos cuantos en esas diócesis usan habitualmente el clergyman incluso en el templo y la administración de los sacramentos y en el ejercicio del sagrado ministerio? ¿No es despreciar la autoridad eclesiástica, pisotear los acuerdos del Episcopado español este abuso del traje no talar?

 3. ° «Está absolutamente prohibido el uso del traje seglar, sin permiso especial del Ordinario del lugar, dado por escrito.»

 Esta norma va siendo despreciada y pisoteada por no pocos, que deseaban el permiso de usar el clergyman para llegar hasta el traje seglar no por motivos apostólicos, sino por motivos mundanos. De este modo, ocultando el clergyman con el jersey o la gabardina y cambiando sólo e! cuellecillo, pueden asistir a bares, cines, cafés y a toda clase de diversiones. Cuando falta el espíritu sacerdotal, todo es posible. Esta rebeldía y esta despreocupación se nota principalmente en los sacerdotes progresistas, mal formados en los seminarios que no son pocos por desgracia.

 Al autorizar el Sr. Arzobispo de Barcelona el uso del clergyman en su diócesis, cosa de que más de una vez se habrá arrepentido, de conformidad con la letra y el espíritu de los acuerdos del Episcopado español, dirigió a sus sacerdotes la exhortación que gustoso reproduzco en estas páginas:

 «Sea nuestra norma vestir la sotana, túnica de Cristo, como la llamó Juan XXIII, de santa memoria. Pensad que nuestro pueblo, en general, nos venera viéndonos vestidos con traje talar y no será seguramente el vestido el que salve la distancia de algunos alejados de] sacerdocio.»

 «Si vivimos en un lugar que, por su gran populosidad y complejidad de vida, aconseja tal vez que en determinadas circunstancias no se emplee el hábito talar, sin embargo, creo sinceramente que para no herir la sensibilidad de nuestro pueblo y para más ajustarnos nuestra gran misión de sacrificar a las almas -ley suprema de toda Pastoral- para distinguirnos en medio de la comunidad cristiana, debemos limitar el uso del clergyman a lo que exija el régimen pastoral de los fieles» (Boletín Oficial del Arzobispado de Barcelona, agosto 1966).

 Esto está muy conforme con la letra y el espíritu de los acuerdos del Episcopado español. Pero ¿quiénes lo cumplen? ¿Lo exige el régimen pastoral el vestir de clergyman para ir de viaje, a paseo, o el hacer visita, la asistencia a los despachos parroquiales, a las reuniones de la Acción Católica, de las Juventudes, de las Congregaciones marianas, etc.? ¡Hay que ver cómo lucen su flamante clergyman sacerdotes, jesuítas, escolapios, claretianos, benedictinos, salesianos o bien su traje seglar no pocos sacerdotes! ¿Para qué? Vale más no decirlo. Para nada sirve la experiencia del siglo XIX, en que se mandó el uso del traje talar, ni los de los lugares de esta época en que está en uso.

 Han querido sincerar su conducta en todo tiempo los que han abusado del traje seglar principalmente y quieren legitimar el abuso del clergyman diciendo que la sotana estorba el apostolado, que es un hábito ridículo en los tiempos modernos y que hemos de procurar el «aggiornamento».

 Tales excusas suponen gran ignorancia ascética y psicológica en los que las aducen; es indicio del refinado orgullo y sabe a mundanización.

 Cuando el P. Colosio, O. P., director de ¡a revista «Ascética y Mística», de Florencia, defendió la doctrina tradicional, es decir, «que en nuestras regiones era mejor conservar el hábito eclesiástico talar, para evitar el peligro de mundanización del clero y porque podía ser un medio para observar mejor la castidad», protestaron enérgicamente no pocos sacerdotes, declarando que se avergonzarían de hacer depender la observancia del voto de castidad del hábito, más bien que del amor de Dios. Como si el P. Colosio hubiese dicho que de dicho uso dependiera exclusivamente cuando sólo dijo que podía ser un medio, como siempre se había dicho por todos los autores de Pastoral y Ascética, a más con los santos y la misma Iglesia.

 Entre los santos defensores del hábito talar, merece mención especial San Antonio María Claret, el gran santo misionero español del siglo XIX. En su hermoso libro «El Colegio Instruido», que por años fue ei orientador y formador de los aspirantes al sacerdocio de los seminarios españoles —que seguramente no han leído los sacerdotes progresistas destructores de la ascesis tradicional— desarrolla admirablemente esta doctrina sostenida por el P. Colosio.

 Al hablar de la castidad sacerdotal, San Antonio María Claret pone como medio, además de otros varios, «andar siempre con hábitos talares». He aquí sus palabras.

 «Los antiguos filósofos decían: «fructum castum cutis aspera servat»; la corteza áspera y erizada conserva el fruto casto... Dios ha dada la sotana al clérigo, para que se conserve casto, como la corteza a la fruta para conservarse. ¿Qué sería de la naranja, del melón, de la sandía, si se les quitara la corteza? Seguro que el aire los corrompería: otro tanto hace el aire del mundo a los clérigos que se quitan la sotana, los corrompe completamente... Te exhorto a que vistas siempre los santos hábitos y practiques los demás medios que te hemos insinuado, y te damos palabra de que te conservarás casto como debes.» (Col. Ins. tomo 2.°, pág 172.)

 Pero San Antonio María Claret hace más: dedica todo el capítulo XXIII de dicho tomo del «Colegial Instruido» a aprobar la obligación que tienen los clérigos de llevar hábitos talares. He aquí unos párrafos de su argumentación:

 «La Iglesia ha prescrito a sus ministros el uso de un hábito talar que visiblemente los distinga y discierna de los demás hombres, ha querido que los pueblos conozcan a los que ha elegido para ministros suyos, por la corona, por el  corte del cabello y por el hábito talar, y muy principalmente por el cuidado de evitar en sus vestidos la preciosidad y cuanto pueda respirar la vanidad de las gentes del mundo; porque, como decía San Jerónimo a Nepociano, ninguna cosa es tan mal parecida en los eclesiásticos como la vanidad en el vestir y adornarse con las libreas del mundo a que renunciaron.»

 Considerando, pues, la Iglesia las funestas consecuencias que podrían acarrear a las costumbres del clero el olvido y el desprecio de la santa simplicidad y modestia, en que tanto se esmeraron los clérigos de los primeros siglos, a proporción del descuido que en cada uno de éstos ha ido reconociendo en sus miembros, ha renovado sus leyes con tanta universalidad y rigor que nos atrevemos a decir que ésta ha sido su voz en todos los siglos, en todos los concilios generales, en los nacionales, en los provinciales y en los diocesanos; está en todas las naciones, en el Oriente, en el Occidente, en el Septentrión y en el Mediodía; por manera que ninguna cosa se encuentra más veces tratada; baste decir que desde el Concilio de Cartago, celebrado en el año 398, hasta el presente (año) se encuentran 13 Concilios generales, 18 Papas, 150 Concilios provinciales y más de 300 Sínodos, que «han mandado que los clérigos lleven hábitos talares...» 

El Concilio de Trento dice: «Aunque el hábito no hace al monje, sin embargo, conviene que los clérigos siempre traigan vestidos convenientes a su vida, para que con la decencia de su traje muestren la interior honestidad de sus costumbres, por cuanto en este tiempo ha prevalecido la temeridad de algunos, y el desprecio que hacen de la Religión es tan grande que, estimando en poco su propia dignidad v honor clerical, traen públicamente vestidos de legos...» (Cap. Vl-Ses. 14 De Refor.)

 Después de aducir San Antonio María Claret las leyes 12 del Tít. 10, libro I., y la 15 del título 13, libro 6.° de la Novísima Recopilación e que se mandaba y manda que todos los ordenados in sacris usen constantemente el hábito talar» y la autoridad del dulcísimo San Francisco de Sales, que prohibió a los confesores de su obispado que dieran la absolución a los eclesiásticos que no lleven hábito talar, hasta que no hayan dado muestras de una verdadera enmienda», y después de refutar las excusas de los sacerdotes relajados para no vestir el hábito talar, concluye:

 La Iglesia, regida y gobernada por el Espíritu Santo, en sus sagrados Concilios ha señalado el hábito que deben vestir los clérigos; ellos deben manifestar en el exterior Ja clase a que pertenecen, y, por lo tanto, dejar estas señales exteriores de su estado es un desprecio de la autoridad que lo manda y aun desnudarse del espíritu sagrado y de su clase, pues no puede dudarse que el hábito clerical es el uniforme dado a la milicia santa y la señal sagrada y común que los distingue de los otros hombres... ¿Sólo ellos (los que no usan hábito talar) se creen más autorizados cuando se dejan ver en público, con la ignominia del vestido secular, como dice el Pontifical Romano, que en lugar de conciliarles el respeto y la veneración de los fieles les acarrean el desprecio? «Los infelices no tienen el espíritu de Cristo y, por lo tanto, no son de Cristo, como dice el Apóstol; son del mundo y viven en el mundo, y quieren hallarse en todos los pasatiempos y diversiones mundanas».

 ¿Qué dices, lector laico o eclesiástico, ante ese lenguaje valiente del Apóstol del siglo XIX? ¿Han cambiado las circunstancias, pues el mundo es mejor, no hay tantos peligros y ocasiones de pecar y los sacerdotes de hoy no contrajeron pecado original? Que lo digan tantas deserciones, tantas apostasías, tantas secularizaciones, como tiene que llorar hoy la Iglesia de Dios, causadas por las doctrinas progresistas enemigas del hábito talar y del celibato eclesiástico: que lo diga la espantosa disminución de vocaciones sacerdotales y religiosas. Los pueblos quieren sacerdotes sanos y los progresistas están muy lejos de querer la santidad.


Revista ¿QUÉ PASA? núm. 210, 6-Ene-1968

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario