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Más sobre
el velo de la mujer en el templo
Repetidamente
viene ocupándose ¿QUE PASA? de un problema religioso, irresoluble por lo que
se ve, dada la indiferencia con que los más llamados a resolverlo de raíz
—como son los sacerdotes— lo contemplan despreocupados.
Nos referimos a la obligación que tiene la mujer de cubrirse la cabeza en
los actos litúrgicos; obligación de la que se exime bonitamente, unas
veces por inconsciencia e ignorancia; otros, por negligencia; a veces, por
coquetería y vanidad, cuando no por manifiesta indisciplina y rebeldía, que
de todo hay en la viña del Señor. A propósito de este asunto, que encierra
más gravedad de lo que a primera vista parece, el autor de estas líneas hubo
de dirigirse, no hace aún dos meses, a su propio prelado, en carta
particular, motivada, principalmente, por otro problema que no hace al caso
traer a colación al presente. En la citada carta, y aludiendo al motivo que
origina este escrito, decía el que suscribe lo siguiente:
«Aprovecho, además, esta coyuntura para
hacerle encarecidamente un ruego, que no dudo atenderá, por ser de razón su
contenido. Como V. E. no tiene el don de bilocación es natural que no pueda
enterarse, personalmente, de cuanto ocurre respecto a la ejemplaridad de los
fieles en el Templo, sobre todo de la mujer moderna, que ha perdido los estribos y no respeta la Casa
de Dios, entrando en ella como en una sala de espectáculos. ora con escotes
exagerados, ora con los brazos al aire, ora con vestimenta mundana y, a las
veces, nada edificante, cuando no en
minifalda y en pantalones. Esto constituye un escándalo mayúsculo y una
ofensa continua al Señor. Yo no sé cómo los sacerdotes, que son los más
indicados dentro del Templo, no han llamado anticipadamente la atención a
todas esas jovencitas. con aire en la cabeza, que, por contera, llevan
descubierta, dándoles un ardite la obligación de usar el velo en los actos
litúrgicos y atreviéndose —descocadas— a acercarse de este modo al
Comulgatorio. Si, desde un principio, cuando empezó a
notarse esta transgresión de las normas eclesiásticas, hubieran los
sacerdotes advertido a la mujer —quienquiera que fuese— la sagrada obligación
de comportarse dentro del Templo con la compostura que exige la «presencia
real» del Señor en la Eucaristía y de acercarse cubiertas a recibirle en
Comunión, nos hubiéramos ahorrado el bochornoso espectáculo de todos los
días. ¿Es que no tienen ojos los ministros del Señor? Tal vez algunos no
tengan autoridad para exigir el cumplimiento de las leyes de la Iglesia, por ser ellos los primeros que
desconocen, a sabiendas, la obligación de llevar abierta la coronilla.
¡Que también es disposición canónica!
Por lo expuesto, señor………….. estimo de mi
deber, como seglar católico, ponerle en antecedentes de lo que ocurre, al
extremo de que será precisa la continua admonición sacerdotal, antes o dentro
de la Santa Misa, si se han de corregir, de raíz, los graves defectos
apuntados. ¡Ni minifaldas, ni
desnudeces, ni cabelleras al aire, ni pantalones! «Ni el hombre se vista
de mujer ni la mujer de hombre, porque esto es abominable a
los ojos del Altísimo.» No Jo digo yo. Lo dice la Sagrada Escritura y esto
basta. AI paso que vamos, con aires progresistas (en esta Diócesis, por fortuna,
desconocidos hasta ahora, merced a los desvelos pastorales de V. E. y de
sacerdotes dignísimos), corremos el riesgo de ser infieles a nuestros mayores
y a la sagrada herencia que nos dejaron en testamento.
Ignoro si cuanto acabo de decir le compete
denunciarlo a un servidor de V. E. Estimo que sí, pero, si así no fuere, de
todas formas le suplico de corazón que corte por lo sano en los extremos
aludidos. Le estamos metiendo —perdóneme la expresión— los dedos en la boca
al Señor, y como de Dios nadie se ríe impunemente, mejor será prevenir y no hacernos, por acción o por
omisión, cómplices de las prevaricaciones públicas de los demás,
acarreándonos, luego, la indignación de lo Alto...»
Hasta aquí
nuestra carta al prelado, cuyo nombre omitimos por discreción, pero que juzgamos
oportuno darla a conocer para ver si, en fuerza de insistir ante quienes
pueden, si quieren, corregir el abuso indicado y otras transgresiones
también, se consigue volver al tradicional decoro de la mujer española dentro
del Templo y en todos los
actos litúrgicos. Lo exige la gloria de Dios. ¡Ni más ni menos! ¡Lo exige y
lo impera su propia palabra en los Libros Santos! Y ¿quiénes son los hombres
para enmendarle la plana a Dios?
Y para que se
vea, en toda su gravedad y alcance el aludido mandato, aunque para los ligeros
de juicio se trate de una disposición disciplinar sin importancia mayor, queremos formular la pregunta siguiente.
¿Qué diría el sacerdote que, al ir a dar a los fieles la Sagrada Comunión, se
encontrara con que el comulgatorio estaba ocupado, mitad por
mitad, por mujeres con la cabeza descubierta y por hombres tocados, por su
parte, con boina o con sombrero? Fácil es adivinar la respuesta. El sacerdote
en cuestión se irritaría contra los varones que se exhibían cubiertos
dentro del Templo y ante el Señor Sacramentado, y sería natural su indignación,
pero ¿qué podría responder LÓGICAMENTE si los hombres aludidos le reconvenían
diciéndole: Y ¿por qué no se irrita usted contra ésta y aquélla y esotra jovencita,
o entrada en años, que se atreve a acercarse al comulgatorio, o simplemente a
entrar en la iglesia, con la cabeza descubierta? ¿O es que San Pablo habló
solamente para los hombres? ¿ O es que el canon 1.262 sólo hace
referencia al comportamiento del sexo masculino dentro del Templo,
exigiéndole el ir descubierto, y deja a la mujer que entre a pelo en el Lugar
Santo y la autoriza a recibir, de esta suerte, al Señor en la Eucaristía?
San Pablo
supo lo que se decía y la Iglesia también sabe lo que se trae entre manos al
formular sus disposiciones legislativas y canónicas. ¡Todo estriba en hacerlas
cumplir a rajatabla, y, cuando se quebrantan salir por los fueros de Dios, están
muy por encima de ciertas tolerancias, incomprensibles por parte de los
simples sacerdotes y, principalmente, de los propios obispos, puestos por
Aquél para regir su Iglesia y velar por el cumplimiento exacto de sus Leyes!
H. G.
Revista ¿QUÉ PASA? núm. 210, 6-Ene-1968
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