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martes, 9 de diciembre de 2025

Nulidades sobre la que se asentaba el Proceso Constituyente

 Artículo de 1978

 Nulidades sobre la que se asienta el Proceso Constituyente (*)

 (…) Por efecto de la conocida propaganda apabullante hecha en favor de los mitos liberales y democráticos del más rancio y anacrónico constitucionalismo (desastrosamente fracasado en nuestra patria tras siete ensayos del sistema, impuesto desde 1808 hasta este de 1978, para sojuzgarnos, por las potencias imperialistas dominantes), se le han hecho creer a nuestro pueblo varias mentiras; se le han ocultado muchas verdades, y se le ha despojado de grandes bienes con trucos como los que se emplean para engañar a los niños.

 Se hizo crear al pueblo por el referéndum de 1976 que sólo se trataba de perfeccionar el sistema institucional del Estado español. El presidente Arias dejó preparado el terreno hablando siempre de la gigantesca obra de Franco. Todo el aparato reformista del presidente Suárez se montó, como no podía ser de otra manera, tomando y pregonando como fundamento la legitimidad única existente: la de la Monarquía católica instaurada sobre las bases firmes y conocidas del Principio VII de la Promulgación de 1958.

 La Ley para la Reforma política (1977) se planteó, según declaraciones oficiales y promesas solemnes, como una Ley Fundamental sometida a los citados Principios, y como tal la aprobaron las Cortes Españolas ante las que el procurador ponente señor Fernando Suárez recalcó que con ella se reafirmaban los Principios más esenciales. Y el ministro de Justicia, Landelino Lavilla, empeñó su palabra diciendo que no se pretendía con esa ley ninguna derogación del Ordenamiento existente, sino una nueva pieza inserta en el conjunto de las siete Leyes Fundamentales anteriores. Por eso pudo considerarse innecesario el trámite preceptivo -cuya omisión invalida radicalmente dicha ley, según se adujo oportunamente por varios contrafueros- de someter en el proyecto elaborado por las Cortes al Consejo Nacional, para el dictamen sobre si vulneraba no los Principios del Movimiento.

 Después, se ha mentalizado a la gente hasta el extremo de hacer creer gratuitamente que la hueca democracia formalista sea un sistema perfecto al que todos los regímenes deben reconducirse, manteniendo al pueblo en la ignorancia de ser radicalmente incompatibles sus principios con los del sistema implantado por la revolución española (**), que, con su democracia orgánica, son mucho más modernos y perfectos; pero, sobre todo, esencialmente cristianos por basarse en la existencia de realidades históricas, espirituales, religiosas, naturales, sociales e institucionales que todo orden político tiene que reconocer, so pena de insertarse en la trayectoria contrahistórica de los materialismos humanistas antropocéntricos del tipo racionalista sin Dios, adoptados por los sistemas democráticos en pleno fracaso o declive, que culminan necesariamente en los regímenes comunistas por la fuerza lógica de una dialéctica consecuente, sin hipocresías burguesas ni pudibundeces democristianas.

 Por culpa de cultivar esa ignorancia entre el pueblo, ocultando la realidad verdadera de las cosas, han ido pasando inadvertidas las ilegalidades e imposibilidades absolutas derivadas de ese empeño absurdo consistente en suponer realizable dentro de la legalidad (como se decía con perversas intenciones) algo así como una “evolución perfectiva” desde un sistema como el español, de coherencia doctrinal con los principios del Derecho público cristiano, hacia el sistema radicalmente contrario de la titulada “democracia”. 

Se ha usado y abusado del tópico embustero de la soberanía del pueblo -que no es tal, sino la masa de electores, el noventa por ciento engañadizos, convocados a votar un día- reducida por supuesto al “sufragio universal” de meros individuos, para hacer creer a favor de masivas propagandas, que, con votaciones a favor de cualquier cosa esta cosa cualquiera queda convertida en la verdad y en la única fuente de toda autoridad. Lo cual es absolutamente falso.

 De aquí la acumulación ingente de nulidades absolutas sobre la que se asienta todo el proceso llamado constituyente y la titulada Constitución, imposible de sanar por votaciones ni aún por referéndum; ni por regias sanciones, ni por el transcurso del tiempo y el posible uso del poder, que no es más que tiranía cuando se ejerce sin autoridad.

 A ese cúmulo de causas de nulidad radical e insubsanable se refiere, en telegráfico resumen, la manifestación de los alféreces provisionales: carácter ilegal y por tanto faccioso de los partidos políticos autores de la proyectada Constitución ya aprobada por ellos (sólo son válidas las asociaciones ajustadas a la ley que regula las de carácter político); consiguiente invalidez de lo actuado por ellos en las Cortes; carencia de poderes constituyentes ejercidos sin título por a ello por el Congreso y el Senado (dualidad de cámaras incompatible con ese pretendido carácter constituyente); convocados como Cortes ordinarias y para el plazo normal de cuatro años y subsiguiente nulidad de todos los actos y disposiciones del proceso de “ilegitimidad Constituyente” emprendido a partir de la Ley para la Reforma Política -e incluso el anterior-, ahora rematado con tanta irresponsabilidad como torpeza y gravísima frivolidad.

 Sin el riesgo, siquiera, de una acción revolucionaria, sino tras el parapeto seguro y prestigioso de la Monarquía instaurada por el Movimiento Nacional; a la que, con el mito del “pueblo soberano”, la realidad conspiratoria de los partidos, con raíces y apoyos extranjeros e internacionales, ha transformado, bajo el nombre de “La Corona”, en una Monarquía parlamentaria, que es como decir prisionera de los mismos partidos detentadores del poder.

 Como decíamos, se ha despojado al pueblo de grandes bienes. sin que se dé cuenta de ello. Se le ha desmontado el Estado de Justicia, engañándole con la ficción legalista del “Estado de Derecho”, amparador de todas las usuras e injusticias, como se está viendo. Se han atropellado los derechos fundamentales e inviolables de las personas. Se pretende constituir la sociedad española, y ese Estado fantasmal, sobre una legalidad atea con todas sus malas consecuencias negativas de las instituciones básicas del matrimonio, la familia y la propiedad privada con protección e iniciativa. 

Y, en fin, se echan las bases para la desintegración de la unidad de España. Porque en la Constitución aparece claro el evento de posibles apelaciones de los pueblos o “nacionalidades” inventadas por ella ante los organismos internacionales para lograr su “autodeterminación” en ejercicio de los llamados “derechos humanos”, sin más que acogerse a la famosa Declaración Universal, redactada para uso de las grandes potencias, antes descolonizadoras y ahora “desnacionalizadoras” que manejan la ONU y sus conocidas comisiones, tribunales, secretarias o dependencias de alta presión.

 Tan colosal despojo se ha perpetrado con el sencillo truco que se emplea para quitarles a los niños lo que tienen en la mano; enseñándoles otra cosa cualquiera para que suelten aquello que se les quiere arrebatar. Primero se despojó al pueblo, con absoluta arbitrariedad y desafuero de sus poderosas organizaciones, no estatales, de sindicatos y movimiento organizados nacional, con la engañifa de “la democracia en el Estado español”, que ya sabemos lo que ha sido y para lo que ha servido. Ahora, el señuelo se titula “Constitución”: tiene veintitrés veces más artículos y disposiciones que aquella mini ley explosiva, de 4 de enero de 1977. Porque lo que importa es distraer al público, como a los niños. Y mientras se entretienen leyendo tanto, hacerle soltar, sin que se dé cuenta de lo que hace, nada más y nada menos que la totalidad del Ordenamiento Institucional legítimo de España, que estableció sobre las bases de Justicia que constituyen los principios permanentes de la Promulgación de 1958, un sistema de Leyes Fundamentales no cambiables ni aplicables a capricho, sino con sujeción a normas supremas inmutables. Lo cual es la única garantía verdadera y eficaz frente a los excesos o arbitrariedades de los órganos del poder sin límites que se arrogan los partidos políticos en la Constitución 78 para legislar juzgar y ejecutar todo según leyes hechas por ellos solamente y sin Ley de Dios. (…)

 Jaime MONTERO


Revista FUERZA NUEVAnº 623, 16-Dic-1978

 

(*) Título original: La manifestación de los alféreces provisionales”

(**) El llamado “franquismo”


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