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PLURALISMO
PARTIDISTA Y DERECHO NATURAL
Como se ha
escrito mucho, y se seguirá escribiendo, sobre el tema de los partidos
políticos y sus excelencias y sobre que su prohibición en España constituye
un atentado al derecho natural; y como en modo alguno esto que se dice tiene
valor convincente, quiero salir al paso, en mi carácter de hombre
independiente, de todo compromiso que sujete la libertad de mi conciencia,
pretendiendo poner las cosas en claro.
Para comenzar,
formulo la siguiente interrogante: ¿Es el partido político resultado
necesario del derecho natural?
El problema
no es sencillo de contestar sino para quien está formado en derecho por el
previo estudio del mismo, la experiencia posterior y, además, tiene una
regular capacidad asociativa. Creo que es necesario hacer constar que estamos
educados excesivamente en derecho positivo, es decir, en derecho arreglado
por los hombres de acuerdo con las circunstancias de cada época, y, por ello,
muy diferenciado formalmente de un país a otro; pero se sabe muy poco de lo
que en verdad es el derecho natural.
Donoso Cortés
opinaba que sólo Dios tiene derecho y el hombre solamente obligaciones. Está
frente a quienes opinan que el hombre tiene derechos por el sólo hecho de ser
hombre.
Confieso que
la lectura de esta opinión de un hombre célebre me produjo escalofríos. Mas
el paso de la juventud a la madurez me ha proporcionado la comprensión de su
certera verdad. Durante ese tiempo, el continuo roce con los problemas
jurídicos humanos me ha hecho comprender lo que es la vida, y cuántas veces
se toma a pecho la hojarasca confundiéndola con el tronco; o, dicho en
clásico, el rábano por las hojas.
Hoy no se
escribe de esa manera tan teológicamente directa, como lo hizo Donoso Cortés;
tenemos miedo a que nos llamen retardados. Nadie sabe nada de aquella época,
o nos falla la memoria; pero en aquel tiempo también se perseguía con
denuestos e ironías a quienes hablaban de los derechos de Dios.
Sin embargo,
sus tesis y otras semejantes son las únicas que explican el origen de los
derechos naturales del hombre. Su autor es Dios, porque es nuestro creador.
Comienza por señalarnos obligaciones porque nos ha creado libres, con una
mente capaz de distinguir y elegir, dominando nuestros instintos o nuestras
apetencias.
Pero si el
hombre es sujeto de obligaciones, por su propia naturaleza, debemos obtener
la conclusión de que tiene facultad de cumplirlas según su capacidad; y es a
partir de esta facultad cuando el hombre puede considerarse titular del
derecho natural.
El hombre es
sociable por naturaleza, porque así ha sido creado. Por su facultad de
elección puede vivir aislado; pero apenas vive así, sino que históricamente
se muestra practicando vida comunitaria. Vida que va desarrollando la amplitud
de la sociedad. De la familia a la tribu; de la tribu al municipio, que es
una entidad extrafamiliar; del municipio a la nación, cuando el desarrollo de
la civilización proyecta sus necesidades más allá del ámbito localista; al
imperio, a las alianzas internacionales. La facultad asociativa del hombre es
infinita.
Y no cabe
duda de que la facultad asociativa del hombre es la mayor riqueza que Dios
nos ha dado. Solos somos limitadísimos e incapaces de desarrollar nuestra
personalidad; en sociedad nos civilizamos o educamos porque tenemos
semejantes con quienes contrastar y con quienes intercambiar y enriquecer nuestras
experiencias y conocimientos. La sociedad prolonga nuestros sentidos y
potencias; nos da todas aquellas cosas que nosotros, solos, no podemos
alcanzar porque carecemos de tiempo y espacio.
Pero este
derecho de asociación debe estudiarse en su doble aspecto: necesidad de
asociarse de un modo estable; familia, municipio, nación, y necesidad circunstancial
o accidental para fines particulares, para intereses concretos de carácter
concreto también. El municipio, por ejemplo, responde a la necesidad que
tiene el hombre de vivir una vida comunitaria estable; y, asimismo, la nación,
que en su origen más puro es una asociación de municipios, sin perjuicio de
que muchos municipios y muchas naciones se han constituido por un poder
superior a las comunidades; pero que, por ser tal situación natural en el
hombre, se han consolidado por sí mismas.
Por ello,
estas sociedades estables exigen paz y autoridad internas. No se han
constituido, como los frontones o los campos de fútbol, para ser teatro de
contiendas entre hombres, sino para que los hombres se relacionen entre sí,
se ayuden directa o indirectamente, y para que en sus accidentales disputas
tengan una autoridad superior a su criterio individual, que solucione sus
conflictos particulares.
Cierto es que.
para que las sociedades sean ideales, es preciso que sus componentes observen
conducta ideal en términos de justicia y caballerosidad; y no lo es menos que
los hombres dejamos bastante que desear frente a tal ideal de conducta. Nos
dividimos y disputamos demasiado.
Pero ante
esta fragilidad humana no creo que se justifique que por esas mismas razones
los partidos políticos sean fenómeno inexcusable. La aceptación de esta
teoría sería acto contrario al derecho natural, pues no hay que confundir las
manifestación subjetiva de la naturaleza humana con este derecho. El hombre
no puede alegar otro derecho consustancial a su persona sino el de hacer el
bien; pero no el de obrar de otro modo que los demás porque sea cojo o bizco.
Es obligación
que nos impone Dios la de amarnos los unos a los otros, y la de creer que no
hay incompatibilidad esencial entre hombre y hombre, sino que el quehacer de
todos es buscarnos, comprendernos y llegar a armonizarnos de tal manera que
todas nuestras contiendas no tengan más categoría que las de una alegre
partida de mus.
De aquí que
un día, 18 de julio, se comenzó la barrida de los partidos políticos que iban
desuniendo pavorosamente a la nación en su vínculo más acusado, el espiritual;
en defensa de ese naturalísimo derecho de los hombres a vivir en paz y a desarrollar
una política de armonía y de promoción social.
Quienes se
sintieron vencidos entonces, quienes todavía tienen amor propio de derrota, pueden
invocar un régimen de partidos por si lograran revancha innecesaria; pero por
su egoísmo, no por amor patrio. A quienes crecieron más tarde y no tienen
referencia propia de aquella historia, puede engatusárseles con el derecho
natural a los partidos políticos. Pero a quien tenga cuatro dedos de frente
no ha de escapársele que no es justo apoyar la soberanía de una nación en la
base de un partido mayoritario que impone su capricho sobre los demás; que el
Poder público ha de ser independiente de las apetencias particulares y ser
tutela y gestión del bien común, que es el bien de todas las personas que
viven en la sociedad, sin discriminación de aficiones.
Porque no fue
la Cruzada la que debeló una tradición histórica, sino que fue consecuencia
del despertar del genio español que había sido sometido a tabla rasa por los
constitucionalistas, que proporcionan a España un siglo vergonzoso; el mismo o
semejante que le proporcionarían quienes, despreciando la verdadera
problemática española, intentan fomentar el desconcierto entre nosotros.
Ramón ALBISTUR
Revista FUERZA NUEVA, nº 72, 25-May-1968
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