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domingo, 21 de septiembre de 2025

Orientación desorientativa de los obispos

 Artículo de 1978 

 ORIENTACIÓN DESORIENTATIVA DE NUESTROS OBISPOS

 EL reducido número de obispos españoles integrantes de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española ha hecho pública una «nota» para «orientación pastoral de los fieles... desde una perspectiva religiosa y moral, completando lo tratado en documentos anteriores». La nota es tan vaga, tan ambigua, tan desorientativa que si recurriéramos a «documentos anteriores» del episcopado no difícilmente podríamos demostrar la contradicción existente entre lo que nos enseña y deja de enseñarnos ahora el Magisterio de estos obispos y lo que nos enseña el documento de otros obispos de ahora y de antes, a través de sus cartas pastorales individuales o colectivas. ¡Tan deficiente es el magisterio de las notas!

 Antes, cuando el Episcopado español no se había organizado (o desorganizado) en Conferencia, cada obispo en particular o los metropolitanos, y a veces todos los obispos en general, nos dirigían profundas, claras y exhaustivas cartas pastorales por donde los católicos españoles podíamos ver con claridad, sin ambigüedades, ni contemplaciones, ni ambages lo que la moral católica imperaba en cada momento, al traducirla desde el Evangelio y desde la teología hasta la circunstancia concreta de España. Ahora, desde el Vaticano II, las encíclicas y las cartas pastorales han caído en desuso y, con ello, en lugar de orientarnos, se nos desorienta a los católicos. Este es el caso de la nota del 28-IX-78.

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Yo no sé bien qué pretenden significar los obispos cuando denominan a su comunicado «orientación pastoral». Parece como si eso quisiera decir que los pastores, con esa orientación, nos condujeran a la grey de los católicos a los buenos pastos; colectivamente, como llevan los pastores a su rebaño. Sin embargo, los obispos con esta nota nos dicen que cada cual puede ir a apacentarse por sí mismo en la dirección que quiera: que puede votar contra la Constitución, que puede votar a favor de ella, que puede abstenerse de votar o votar en blanco. Y eso nos lo dicen «desde una perspectiva religiosa y moral», desde el primer punto de la Nota.

 Ya en el tercer punto, los obispos efectúan una reducción. Ya nos hablan de cuando una Constitución se justifica amoralmente», no cuando se justifica desde un punto de vista religioso. Como se ve, este grupo de obispos españoles —que no comprometen a toda la Iglesia— no sólo intentan secularizar España, sino que aceptan la tesis secularista (desechan la tesis católica) para enseñarnos cuándo está justificada una Constitución. Estos obispos, si bien se mira, justifican a una Constitución no con criterios específicamente católicos, sino con los mismos criterios que la justificaría un ateo liberalista.

 Más claramente, los obispos han querido olvidarse que para justificarse una Constitución, desde el punto de vista religioso, es menester que sea formulada desde el postulado religioso, desde el artículo de la fe, consistente en creer que «todo poder viene de Dios» y ha de ejercerse conforme a la Ley moral promulgada por Dios. Así debe creerlo un católico por la revelación de Jesucristo a Pilato y por la revelación de San Pablo a los romanos, especímenes de una revelación patente o latente en cada página de la Historia Sagrada.

 Y si dejamos la Sagrada Escritura y apelamos al Concilio Vaticano II, el Magisterio universal y solemne de la Iglesia nos enseña, recogiendo unos conceptos de la encíclica de Juan XXIII, «Pacem in terris», que «el orden social hay que desarrollarlo a diario, fundarlo en la verdad, edificarlo sobre la justicia, vivificarlo por el amor. Pero debe encontrar en la libertad un equilibrio» (Gaudium & Spes». 26). Ahora bien, nuestra Constitución, que funda el orden social en la soberanía del pueblo, ignorando la soberanía de Dios, no funda el orden social en la verdad, ni hace justicia a Dios, ni está movido por el amor, sino por la lucha de clases, por el odio, ni encuentra en la libertad su equilibrio, sino su desenfreno, su negación.

 Más todavía. Si seguimos leyendo el Vaticano II, encontraremos algo aplicable a la Constitución desde el punto de vista religioso, que también han querido sustraernos estos obispos: «Creado el hombre a imagen de Dios, recibió el mandato de gobernar el mundo en justicia y santidad... y de orientar a Dios la propia persona y el universo entero, reconociendo a Dios como Creador de todo» (G. & Sp. 34)... «Si la autonomía de lo temporal quiere decir que la realidad creada es independiente de Dios y que los hombres pueden usarla sin referencia al Creador, no hay creyente alguno a quien se le escape la falsedad envuelta en tales palabras» (G. & Sp., 36)... «A la conciencia bien-formada del seglar toca lograr que la Ley divina quede grabada en la ciudad terrena» (G. & Sp. 43).

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Pues bien, todos esos imperativos religiosos que estos obispos han querido olvidar, son menospreciados por la Constitución española y, por consiguiente, es obligado que el católico, como quiera ser fiel a su religión, vote contra la Constitución que la clase política hoy dominante nos propone a referéndum. Dicen estos obispos: «Una Constitución se justifica moralmente si salva, globalmente, éstas o parecidas exigencias: Que ofrezca una base idónea para la convivencia... Que respete los valores espirituales del votante»...

 Ahora bien, como desde el punto de vista religioso católico, esa Constitución «no ofrece una base idónea (católica) para la convivencia», ni respeta los valores espirituales del votante (católico), la conclusión que debieran haber sacado los obispos es que los católicos tienen obligación de votar contra esa Constitución.

 Eulogio RAMÍREZ 

 

Revista FUERZA NUEVA, nº 615 , 21-Oct-1978

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